La Corte rechazó un recurso del Gobierno contra la cautelar

La Corte rechazó un recurso del Gobierno contra la cautelar
Es la segunda presentación que le rechazan a la Procuración del Tesoro por haber sido realizada fuera de término. El predio continúa en manos de la Sociedad Rural
La Corte Suprema rechazó el recurso interpuesto por el Estado Nacional para tratar el caso de la Rural y por lo tanto se mantiene vigente la medida cautelar que impide que predio de Palermo vuelva a manos del Estado.

En un fallo dictado este miércoles, por cinco votos contra dos, la Corte rechazó el recurso extraordinario que habían interpuesto los abogados del Estado, pero fuera de término, por lo que por ahora sigue vigente la medida que mantiene frenada la recuperación de La Rural. La Corte consideró "extemporánea" la presentación del recurso.

"Esta Corte no puede dejar de expresar su preocupación por la forma en la que se ha asumido en el expediente la defensa de los intereses públicos pues al dejarse vencer la totalidad de los plazos procesales el Estado Nacional, por el obrar de quienes lo representan, se ha visto privado de obtener una revisión del pronunciamiento cautelar dictado", expresó el voto de la mayoría.

Para la Corte, "según surge de los antecedentes, los recursos extraordinarios interpuestos por el Estado Nacional fueron presentados de modo extemporáneo y, por consiguiente, ha sido bien denegado", sostuvieron los jueces Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt, Enrique Petracchi, Juan Carlos Maqueda y Carmen Argibay.

En disidencia votaron , el presidente de la Corte, Ricardo Lorenzetti, y el juez Raúl Zaffaroni, quienes se pronunciaron a favor de aceptar el tratamiento de la apelación presentada por el Estado, pese a haber sido interpuesta transcurrido el tiempo legal para hacerlo.

En junio pasado la procuradora general de la Nación, Alejandra Gils Carbó dictaminó que la Cámara en lo Civil y Comercial Federal dejó en "estado de indefensión" al gobierno nacional al suspender el decreto que dispuso la vuelta al Estado del Predio Ferial de Palermo y que por una medida cautelar mantiene frenada la recuperación del predio.

En un dictamen dirigido a la Corte Suprema de Justicia, la procuradora sostuvo que la Cámara que suspendió el decreto durante la feria judicial de enero pasado omitió explicar "las reglas del procedimiento que el Estado debía conocer para hacer valer sus derechos".

En su momento, la Cámara rechazó el recurso extraordinario interpuesto por el gobierno nacional contra el fallo de ese tribunal para que resolviera la Corte.

El tribunal lo rechazó por "extemporáneo", pero Gils Carbó denunció que "la demora es atribuible a la Cámara la que debió adoptar los recaudos adecuados que aseguraran que su decisión de habilitar la feria no desbarataría el derecho de defensa de la demandada".

La Procuradora había opinado que debe darse traslado de recurso a la Sociedad Rural para que responda y luego volver a la Procuración para un dictamen sobre su procedencia, pero la Corte rechazó el recurso.

El gobierno nacional dispuso el año pasado anular por decreto la venta del Predio Ferial de Palermo a la Sociedad Rural Argentina, que se realizó durante el menemismo por haberse concretado a supuesto "precio vil".

La Cámara mantiene frenada la recuperación del predio por el dictado de una medida cautelar. El Estado pidió "habilitación de feria" en el verano pasado para presentar los recursos de apelación, pero "entre once y trece días hábiles" le fueron denegados, sostuvo la Procuradora.

Luego de la feria, el Estado presentó un "recurso extraordinario" para llegar a la Corte Suprema, pero tampoco tuvo éxito porque según la Cámara el planteo fue extemporáneo, "el plazo para presentarlo había finalizado durante enero", lo que había quedado establecido "implícitamente".

La jefa de todos los fiscales recomendó al máximo tribunal retrotraer la situación al momento previo a ese último rechazo, con lo cual el recurso debería ser concedido y así el máximo tribunal estaría en condiciones de pronunciarse sobre la vigencia o no de la medida cautelar que suspendió la recuperación del predio.

Gils Carbó sostuvo que "la Cámara, al indicar que la habilitación de feria alcanzaba implícitamente al ejercicio de los derechos del Estado pero comunicándole esa decisión cuando la posibilidad de recurrir ya había finalizado, varió en forma sorpresiva los alcances de la resolución que había habilitado la feria judicial".

La medida cautelar que mantiene suspendida la vuelta al Estado del predio fue dictada meses atrás por la Cámara en lo Civil y Comercial Federal, integrada por Francisco de las Carreras, Graciela Medina y Ricardo Guarinoni, en plena feria judicial.

Esa decisión fue apelada por el Estado a través de la Procuración del Tesoro de la Nación, pero La Cámara consideró que el recurso fue "extemporáneo", es decir que fue presentado "fuera de término".

Entonces, el Estado presentó un recurso ante la Corte, que ahora pidió la opinión de Gils Carbó.

El caso en tribunales: En plena feria del verano pasado la Sala II de la Cámara habilitó el receso para dictar la medida cautelar que suspendía la vuelta al Estado del predio que la Sociedad Rural ocupa en el barrio de Palermo y que, según se expuso, adquirió en 1991 a "precio vil", durante el gobierno de Carlos Menem.

A través del decreto 2699/91, el ex presidente entregó el predio al precio de 30.000.000 millones de dólares, de los cuales un tercio se pagó en efectivo y para el resto se pactó una financiación a 10 años, cuando el valor de mercado era de 131.000.000 millones.

El Gobierno anuló aquella operación y la Agencia de Administración de los Bienes del Estado informó a la SRA que el predio sería desalojado el 20 de enero de 2013, pero la medida cautelar impidió que se concretara la orden.

La anulación de ese decreto fue en base a un fallo del juez federal Sergio Torres quien, procesó al ex ministro de economía Domingo Cavallo por el delito de peculado, en una causa que también involucró al ex presidente de la Sociedad Rural, Eduardo de Zavalía.

La Cámara Federal de Casación Penal desvinculó, por prescripción de la acción penal, al ex presidente Menem, pero esta decisión fue apelada y se encuentra a estudio de la Corte Suprema.

En diciembre de 2012, el Poder Ejecutivo dictó el decreto 2552 con el que declaró nula la entrega del predio ferial de Palermo a la Sociedad Rural y ahí comenzó el periplo judicial.

La Corte tendría que resolver primero sobre la medida cautelar y luego sobre si es constitucional o no la decisión del gobierno.

En el fallo de la Cámara, la Sala de feria ya afirmó que "resulta verosímil sostener que la propietaria del Predio Ferial de Palermo es la Sociedad Rural Argentina", en tanto aseguró que Estado Nacional "carecería, en principio de legitimación para intentar recuperar un bien que vendió hace más de veinte años".

Con esos argumentos, la Cámara suspendió el decreto de estatización, pero habría anticipado su posición sobre la cuestión de fondo, por lo que el Estado recusó a los camaristas.

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