Hace dos años la Corte Suprema de la Nación determinó el alcance de este derecho que no se cumple en una tercera parte del país. Una organización local presentó en la Banca de la Mujer un proyecto que exigía que el sistema de salud pública garantice esta decisión.
“El protocolo consiste en una guía nacional de aborto no punible elaborado por Nación que estuvo muchos años archivado y que nunca se aplicó efectivamente. Cuando sale el fallo hace dos años, se despejó muchas dudas sobre el aborto punible y no punible. Cuando una mujer queda embarazada producto de una violación tiene derecho a acceder a un aborto, lo que se hace es dar garantía y seguridad a la mujer cuando decide interrumpir la gestación”, explicó Carolina González a El Litoral, referente de género que presentó un proyecto donde exigía que la Provincia garantice este derecho.
Respecto a las acciones a nivel local a favor de esta guía, recordó que “hace dos años se realizó una campaña y se presentó un proyecto para la aplicación de este protocolo”. “Presentamos un proyecto de ley a la Banca de la Mujer y nunca lo leyeron, también hicimos pedido de informes a nivel provincial sobre este fallo y no obtuvimos respuestas”, contó González.
Este año presentarían desde organizaciones locales un proyecto similar a las autoridades que se desempeñan en el área de Derechos Humanos de la Provincia.
“Esta guía se debería aplicar en caso de que la vida de la mujer o el feto corra riesgo y cuando el embarazo es producto de violación”, contó. “Nos parece que proteger la salud de las mujeres no tiene que entrar en discusión, es un derecho que ya está fuera de discusión por el fallo nacional”, opinó.
Respecto a las respuestas sobre las razones de la falta de aplicación de este derecho a nivel provincial, comentó que “tiene que ver con una cuestión moral y cultural”.
En el país estiman que hay 500 mil abortos que se hacen ilegalmente y unas 100 argentinas mueren por año a causa de la interrupción de la gestación. El fallo de la Corte que sólo se cumple en ocho provincias permite que “el aborto sea aplicado por un médico diplomado con el consentimiento de la mujer encinta”.
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