Llevaba más de un año suspendida y ahora una Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial ordenó a la provincia que se abstenga de aplicar la práctica en sus hospitales
El 13 de abril de 2012, el juez Federico Ossola hizo lugar a una medida cautelar y suspendió la aplicación de la guía de abortos no punibles elaborada por el Ministerio de Salud de Córdoba, que permitía asistir a las mujeres que había quedado embarazadas por una violación.
Ahora la noticia es que, por unanimidad, la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial declaró inconstitucional la aplicación del aborto no punible en la provincia.
Los camaristas Guillermo Barrera Buteler, Julio Fontaine y Beatriz Mansilla de Mosquera se apartaron del criterio de la Corte Suprema y consideraron que, pese al modo en que se produjo el embarazo, deben prevalecer los derechos del niño en gestación.
La Cámara consideró que la guía contradice la ley provincial N° 6.222 sobre Salud Pública y no respeta los artículos 4, 19 inc. 1° y 59 de la Constitución de Córdoba, de "respetar y proteger la vida de los niños por nacer".
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