Compras con tarjeta: “el recargo del 10% no corresponde”, advirtió Medina

Compras con tarjeta: “el recargo del 10% no corresponde”, advirtió Medina

“Quien entra a un local de ventas y se entera que con tarjeta tiene un 10 por ciento de recargo, es una condición que no se debe aceptar por más que figure en la vidriera del negocio, no corresponde por Ley”, afirmó Susana Medina, directora de Comercio Interior y Exterior.

 

La Dirección de Comercio Interior y Exterior hace algunas recomendaciones a los consumidores en general ante el comienzo de la temporada de liquidaciones de indumentaria y otros productos, pidiendo que tengan precaución sobre la información que brindan los comerciantes para venderles.

La directora de esa área de gobierno, Susana Medina, recordó que está en vigencia la Ley de Tarjeta de Crédito que prohíbe cobrar distinto precio ante la compra según se haga con efectivo o con el plástico. “El consumidor debe observar que se respete ese derecho. Existe una ley que obliga al comerciante a informar las ofertas de una determinada manera, toda oferta debe tener los dos precios: el original y el nuevo”, advirtió.

Informó asimismo que “en las ofertas debe figurar también cuales son las condiciones: quien entra a un local de ventas y se entera que con tarjeta tiene un 10 por ciento de recargo, es una condición que no se debe aceptar por más que figure en la vidriera del negocio, no corresponde por Ley. El comerciante por ahí nos dice que debe pagar una comisión, que le retienen intereses, eso es cierto, pero la Ley existe y nuestra obligación es hacer cumplir las leyes”.

Otro tema importante citado por la funcionaria es el incremento de las denuncias respecto a las adquisiciones con financiación, ya sea con tarjetas de crédito emitidas por entidades financieras o por créditos solicitados en las casas del ramo.

Al respecto señaló: “tenemos una Disposición donde se obliga a toda entidad financiera a publicar las condiciones de la financiación. Cuando en la vidriera se exhibe una determinado monto de la cuota y el cliente va y solicita el producto con esa financiación y le responden que falta agregar los gastos de administración, no debe comprar y si fuera posible que nos acerquen la denuncia a Defensa del Consumidor, para que podamos proceder a sancionar a esas empresas. Eso es claramente una infracción al artículo cuarto de la Ley de Defensa del Consumidor, donde se establece que el comprador debe estar informado de manera clara y fehaciente”.

“Si figura que son cuotas por determinada cantidad de pesos no puede ser que al entrar al negocio falten después los gastos de administración y demás. El comercio, cuando vende financiado, queda encuadrado dentro de las disposiciones legales de nuestra Dirección, donde deben informar cual es la tasa de interés y cuáles son los gastos administrativos que cobran”, advirtió.

Sanciones

“Cuando se toman las denuncias, directamente se sanciona porque es una clara infracción a la ley, sobre todo hay un artículo que es muy fuerte para el consumidor que es el cuarto de la Ley 24 240 que habla del derecho que tienen el consumidor de estar informado”, dijo.

“Antes que compre tiene que tener bien claro que es lo que va a pagar, como está compuesta la cuota, que significa y como se calculan las tasas de interés. Debemos tener en cuenta que hoy el Banco Central está trabajando con los Bancos para estipularles las formas en que tienen que cobrar las comisiones y está poniendo tope nuevamente a las tasas de interés, tienen que informar sobre los intereses que cobran por tarjetas de crédito. Entonces, esto es una clara defensa hacia el consumidor porque estamos en una época de consumo y tenemos que tratar de evitar los abusos o la falta de información”, dijo.

Construcción no tradicional

Por último hizo una recomendación sobre todo lo que se refiere a las casas de construcción por el método no tradicional. “Recordamos que tengan cuidado porque en Santa Rosa, General Pico, Eduardo Castex y alguna otra localidad se establece que las casas, para poder instalar o brindarles los servicios municipales, deben estar construidas por empresas que tienen el certificado de aptitud técnica.

“Hoy tenemos denuncias de gente que realizó operaciones con firmas que no tienen el certificado de aptitud técnica, no solamente no van a poder instalar los servicios sino que no podrán terminar sus casas. Deben evitar asimismo las técnicas que en definitiva adoptan para aumentar el precio, donde como resultado el valor de la propiedad es mucho más alto de lo que figuró en el contrato original”, finalizó.

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