La Comisión Interamericana evaluará el Basural

La Comisión Interamericana evaluará el  Basural

Finalmente, el organismo internacional tomó la denuncia presentada por los concejales Leonardo Boto y Nicolás Capelli. Apunta al "grave perjuicio que ocasiona para la salud y el medio ambiente la existencia de un basural a...

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos dio lugar a la presentación realizada por los concejales Leonardo Boto y Nicolás Capelli, con el patrocinio legal del abogado Braian Vega, por la situación del Basural Municipal de nuestra ciudad. De esta forma, el organismo internacional evaluará La Quema de la ruta 192 ante la denuncia por el “grave perjuicio que ocasiona para la salud y el medio ambiente la existencia de un basural a cielo abierto en una zona urbana/residencial”.

El abogado Vega sostuvo que “la denuncia fue presentada el 25 de mayo, en el contexto de la sesión que tuvo la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en nuestro país. Nos acercamos para plantear esta denuncia respecto de la situación sobre el basural, en la que nosotros observamos una clara violación al medioambiente, a la salud y a las condiciones de vida digna”.

En diálogo con EL CIVISMO Digital, explicó que “la recepción en ese entonces fue positiva porque, al margen que nos tomaron el escrito en la cual demandábamos la situación antes mencionada, también nos pidieron que ahondáramos un poco más en los detalles de esos hechos en una reunión verbal que tuvimos con representantes del organismo. Una vez que nos dieron la entrada a la denuncia, nos dijeron que en caso de ser recepcionada y si el organismo tomaba cartas en el asunto, nos lo iban a comunicar. En el día de la fecha (el viernes 1° de diciembre), muy gratamente recibimos la noticia de que el organismo efectivamente va a tomar cartas en el asunto, que va a hacer estudios sobre la situación y una evaluación”.

En tal sentido, el abogado detalló que “esto implica legalmente en primer término, y creo que de manera principal, que hay un estado de situación lo suficientemente grave como para que un organismo internacional y de derechos humanos ponga foco sobre lo denunciado. Por otro lado, lo segundo a tener en cuenta, es que si bien es el Estado local el denunciado particularmente, al ser un organismo que atiende internacionalmente, en caso de encontrar culpables a alguno de los Estado, no lo hace sobre el local sino sobre el nacional. Es decir, va a ser responsable la Argentina como Estado nacional. Eso agrava a situación del cuadro en sí y pone en eje lo que nosotros manifestamos, la gravedad de la situación, y lo importante de esta recepción por parte de un organismo tan relevante como es la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos”.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA) encargado de la promoción y protección de los derechos humanos en el continente americano. Está integrada por siete miembros independientes que se desempeñan en forma personal y tiene su sede en Washington, D.C.

LA DENUNCIA

En la presentación judicial aceptada por la Comisión se detalla que “por un lado al provocarse incendios intencionales de los residuos existentes, se vuelca sobre los canales de transito vehicular una cierta cantidad de humo que hace imposible la visibilidad y por consiguiente resulta sumamente peligroso. En segundo término, al encontrarse el basural en las inmediaciones de un barrio residencial, se producen múltiples enfermedades para las personas que allí habitan (en su mayoría niños). Los cuadros más comunes son broncoespasmo, bronquitis y reacciones alérgicas como manchas en la piel; secuelas de la inhalación del humo proveniente de la quema de basura”.

En la presentación realizada, se enumeran las distintas normativas incumplidas por el Municipio, comenzando por el artículo 41 de la Constitución Nacional que dice que "todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo”. En consonancia con lo establecido en la Constitución, el Congreso Nacional dictó la Ley Nº 25.916 (4 de agosto de 2004), donde se determinan los "presupuestos mínimos de protección ambiental para la gestión integral de los residuos domiciliarios, sean éstos de origen residencial, urbano, comercial, asistencial, sanitario, industrial o institucional”. En efecto, el artículo 3 de la misma define la "gestión integral de residuos domiciliarios", como "el conjunto de actividades interdependientes y complementarias entre si, que conforman un proceso de acciones para el manejo de residuos domiciliarios, con el objeto de proteger el ambiente y la calidad de vida de la población​." Esto mismo está ratificado por la Constitución de la Provincia de Buenos Aires.

En el ámbito municipal, se recuerda que mediante la Ordenanza 3661, se dispuso el “inmediato cierre del basural municipal y la correspondiente parquización del predio donde está ubicado”. Además, se hace mención a la Ordenanza 6614 del 2016 mediante la cual se declaró el “Estado de Emergencia Sanitaria y Ambiental por el plazo de 180 días, motivado por la severa problemática causada por el funcionamiento del Basural Municipal a cielo abierto ubicado en la Ruta Provincial Nº 192, y sus consecuencias tanto para la salud de la población de los barrios aledaños como para el medio ambiente”.

En la presentación se indica que “así las cosas, entendemos que es el Estado quien debe velar por la integridad física de todos los ciudadanos de Luján; y si así no lo fuera los Organismos respetuosos e interesados en la promoción y defensa de los derechos humanos deben interceder a los efectos de que se respeten los derechos y garantías de todos los ciudadanos”.

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