Clausuraron un local en Chilecito donde se ejercería la prostitución

Clausuraron un local en Chilecito donde se ejercería la prostitución

La Unidad Especial realizó el procedimiento en las primeras horas de ayer. Había tres mujeres ofreciendo servicios sexuales.

En las primeras horas de ayer, la Unidad Especial de Trata de Personas de la Policía de la Provincia asestó un duro golpe a un prostíbulo encubierto en el departamento Chilecito. Por este procedimiento se detuvo a una mujer mayor de edad.

Según la información suministrada por la Unidad Especial de Trata de Personas, se realizó ayer la clausura de un bar pool en la localidad de San Miguel, perteneciente al departamento Chilecito. Según se pudo conocer, en este local había tres mujeres que ofrecían servicios sexuales, aspectos que están penados por la Ley Nacional Nº 26364 y 26842. Por ello es que quedó a disposición de la Justicia Federal una mujer de apellido Castro, quien sería dueña de este local nocturno. Esta mujer quedó a disposición del juez Daniel Herrera Piedrabuena y del Secretario Penal. José Combina, por supuesta infracción a la Ley Nacional 26364 y su modificatoria Nº 26842.

Ante esta situación, también se procedió al secuestro de documentación de interés para la causa, entre ellos preservativos que se encontraban en una de las piezas del bar. Este local está ubicado en la ruta provincial Nº 12 y en el operativo se contó con la participación del personal de CAPE, Criminalística, Secretaría de la Mujer y también de la Comisaría de la Mujer, con asiento en la ciudad de Chilecito. El operativo estuvo a cargo del Segundo Jefe de la Unidad de Trata de Personas, Subcomisario Claudio Brizuela y del Subcomisario Enzo Bravo.

Sobre la Trata

La trata de personas es un delito y una gravísima violación a los derechos humanos. Según la Ley 26842 de Prevención y Sanción de la Trata de Personas y Asistencia a sus Víctimas, se la entiende como el proceso que implica el ofrecimiento, la captación, el traslado, la recepción o la acogida de personas con fines de explotación, tanto dentro del territorio nacional como desde o hacia otros países.

Puede verse afectada cualquier persona que atraviese situaciones de vulnerabilidad. Las personas que son captadas por las redes de trata provienen, en su gran mayoría, de ciudades, provincias y entornos que presentan grandes dificultades económicas, donde han visto vulnerados una y otra vez sus derechos básicos a lo largo de la historia. La captación es el primer momento del proceso de la trata de personas y se realiza en el país y lugar de origen de las víctimas. Los tratantes que tienen a su cargo este momento, se denominan captores o reclutadores.

Estos identifican a las posibles víctimas y realizan los primeros contactos. Algunas estrategias de los delincuentes son: Ofrecer engañosas ofertas de trabajo: en medios gráficos o en forma verbal con tentadoras remuneraciones sin pretensiones de previa experiencia. Suelen ser para trasladarse a lugares alejados del hogar. Participar en falsas agencias de modelo: solicitan fotos de jóvenes, aprovechando su ilusión, realizan castings y desfiles que realmente son una trampa. Ofrecer matrimonio o convivencia: en este caso la vulnerabilidad tiene que ver con el enamoramiento de la víctima. La víctima se enamora de su agresor, quien no se muestra como tal, sino que la mantiene engañada en forma constante y suele prometerle una vida en pareja, estabilidad económica, etcétera, para terminar alejando a la víctima de su hogar y su familia, y facilitar su sometimiento. Generalmente las víctimas son mucho menores que sus agresores y en muchos casos de estos hombres se ignoran mayores datos, sin dejar de lado que los datos conocidos suelen ser falsos. La intención que subyace en la relación, es de alguna manera alejar a la víctima de sus afectos, ya que el aislamiento implica desprotección y un quiebre emocional importante que suele facilitar el sometimiento. Propiciar el alejamiento del hogar: los reclutadores tratan de provocar la fuga del hogar de niñas, niños y adolescentes, para aumentar la vulnerabilidad de la potencial víctima y facilitar su captura.

Sobre la Ley 26842

Esta Ley fue modificada en el año 2012, convirtiéndose en una norma madre a nivel Latinoamericano. La normativa amplía las condenas para los delitos de explotación sexual simple entre 2 y 4 años, mientras que la agravada establece penas de prisión de 5 a 15 años cuando las víctimas hubiesen quedado embarazadas o fueran menores de edad.

La modificación concede más derechos para las víctimas porque, aparte de buscar condenar a los culpables del delito, intenta dar un salto en la prevención.

Además, prevé que en los juicios en los que tengan que testificar víctimas de trata las declaraciones sean realizadas por un psicólogo designado por el tribunal.

También es destacable que establece que el consentimiento de la víctima no eximirá de ninguna forma de responsabilidad penal a los autores del delito.

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