Cerrada defensa del jury a Campagnoli al presidente del tribunal

Cerrada defensa del jury a Campagnoli al presidente del tribunal

Los integrantes rechazaron en forma un unánime el planteo de una ONG que pidió la destitución de Daniel Adler por "inconducta grave".

Por unanimidad, los integrantes del jury Ernesto KreplakRodolfo Ojea QuintanaJuan Octavio GaunaAdriana Donato y Francisco Panero desestimaron la presentación de "Ciudadanos Libres por la Calidad Institucional", una ONG presidida por el abogado José Mangiocalda que planteaba que Adler “omitió citar a los vocales suplentes del tribunal a presenciar las audiencias”.

La presentación advertía que el juicio político quedará trunco, pues "la anulación del proceso procederá, sin lugar a dudas, como consecuencia de la paralización del juicio, a partir de la licencia solicitada por una de las vocales, y en razón de que no se había citado al suplente de la mencionada magistrada a presenciar las audiencias". 

"Es el Presidente del Tribunal quien tiene a su cargo 'la realización de todo otro acto pertinente al adecuado funcionamiento del Tribunal, que no esté asignado al pleno de los vocales'", por lo que consideró que "quien omitió la citación de los vocales suplentes fue el Presidente del Tribunal, única autoridad con atribución de hacerlo".

Pero el jurado de enjuiciamiento replicó que según la normativa que rige para el proceso, "cuando de la preparación del juicio y su característica se infiera que la audiencia de debate se prolongará por más de diez días el tribunal requerirá la designación de un juez sustituto, quien tendrá las mismas obligaciones de asistencia que los miembros del tribunal y la facultad de interrogar".

"Del proveído de prueba surge que el debate tendría lugar los días 16, 17, 18, 19, 24 y 25 de junio; es decir, la duración de las audiencias no excedería el plazo mencionado", explica la resolución.

"Por ello, cabe rechazar la presentación fundada en la omisión de citar a los suplentes a la audiencia de debate por parte del Presidente, de manera tal que no se encuentra configurado el supuesto de inconducta grave reglamentario", concluye el documento.

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