Causa Residuos sólidos: falta de mérito para Panzardi y Sager y confirman el procesamiento de Daniel Capitanich

Causa Residuos sólidos: falta de mérito para Panzardi y Sager y confirman el procesamiento de Daniel Capitanich

La Sala 1 de la Cámara Criminal y Coreccional Federal dictó la falta de mérito de los exintendentes y actuales diputados provinciales Claudia Panzardi y Hugo Sager. En tanto, resolvió confirmar el procesamiento del vicegobernador Daniel Capitanich como presunto partícipe necesario del delito de administración fraudulenta en el marco de la causa por la Gestión de Residuos Sólidos Urbanos en los Municipios.

A través de una resolución dictada este lunes 23 de septiembre, la Sala 1 de la Cámara Criminal y Correccional Federal de Comodoro Py resolvió confirmar el procesamiento de Mateo Daniel Capitanich, actual vicegobernador del Chaco y ex intendente de Campo Largo como presunto partícipe necesario en el delito de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública. Paralelamente, dictaron la falta de mérito para los actuales diputados provinciales Claudia Panzardi y Hugo Sager, a su vez exintendentes de Laguna Blanca y Puerto Tirol.

Es en el marco de la causa Residuos Sólidos o “GIRSU” por la que más de 20 intendentes y exintendentes chaqueños, entre casi 90 jefes comunales de todo el país, fueron procesados por el juez federal Claudio Bonadio y de la que, semanas atrás, fue requerida su elevación a juicio oral por parte del fiscal Carlos Rívolo. En la causa también se encuentran con procesamientos firmes los exjefes de Gabinete, Aníbal Fernández, Jorge Capitanich y Juan Manuel Abal Medina, quiénes tenían bajo su cargo la Secretaría de Ambiente que manejó ese programa entre los años 2013 y 2015, y los ex secretarios de Ambiente Sergio Lorusso, Omar Judis y Juan José Mussi; y Andrés Meiszner, ex jefe de asesores.

La resolución, a la que tuvo acceso CHACODIAPORDIA.COM, fue dictada este lunes 23 de septiembre y lleva la firma de los camaristas Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi y Mariano Llorens, integrantes de la Sala 1 de la Cámara Criminal y Correccional Federal de los Tribunales Federales de Comodoro Py.

 

En Laguna Blanca

En el caso de Claudia Panzardi, los camaristas precisaron que si bien no se cumplió estrictamente con lo suscripto en el contrato, la “totalidad de los recursos fueron invertidos en insumos que hacen a la gestión de residuos, como son un camión con caja volcadora y un camión con semirremolque”.

En Puerto Tirol 

En Sager se produce una situación similar, pero en su caso se acordó con la intendencia de Fontana el funcionamiento de una planta común, para lo cual el Municipio de Puerto Tirol aportó maquinarias  como una compactadora y una encapsuladora de residuos.

En Campo Largo 

No obstante, los camaristas hacen un enfoque distinto en la gestión de Mateo Daniel Capitanich a cargo del Municipio de Campo Largo. En ese contexto, advirtieron que en ese caso “puede verse el impacto del irregular empleo” de los programas de Gestión de Residuos Sólidos. Así, puntualizaron que “si bien los inspectores de la SAyDS constataron el cumplimiento de diversos componentes del acuerdo, advirtieron por igual ciertas carencias que en la rendición de cuentas municipal figuran como abonadas. Estamos hablando, más concretamente, del saneamiento de un basural a cielo abierto y de la instalación de un tanque regador que fueron facturados por un total de $764.780”.

Críticas a Bonadio

Entre los considerandos, los camaristas formularon críticas a la instrucción de la causa a cargo del juez Bonadío por considerar que todo incumplimiento de los convenios del Programa Municipal de Gestión de Residuos Sólidos Urbanos se produjo en los términos de una “administración infiel”. Es decir, que los intendentes habían desviado los fondos federales con fines delictivos y no en un eventual marco de desorden administrativo. En ese sentido, precisaron que “los mismos acuerdos preveían consecuencias administrativas en caso de que fueran quebrantadas”. Así, reconocieron que apartarse de la letra de los contratos firmados puede ser “algo antijurídico, frente a lo que el derecho ofrece una respuesta, pero que ella puede no ser penal si no están los elementos que definen una defraudación”.

 

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