Canchita de los Bomberos: otro guiño de la Justicia a los vecinos de Parque Luro

Canchita de los Bomberos: otro guiño de la Justicia a los vecinos de Parque Luro
El juez Celsi hizo lugar a una acción de amparo e invalidó el proceso de Evaluación de Impacto Ambiental que realizó el Municipio.
Los vecinos de Parque Luro siguen dando pasos para impedir que las viviendas del Plan Procrear se instalen en el predio conocido como la Canchita de los Bomberos. Con las obras paralizadas, ahora consiguieron que la Justicia invalide el certificado de impacto ambiental que elaboró el Municipio por considerar que fue realizado sin seguir procedimientos legales.

El juez en lo Correccional Leonardo Celsi dio curso a una acción de amparo presentada por la asociación vecinal de fomento Parque Luro, patrocinada por el abogado José Esaín, e invalidó el proceso de evaluación de impacto ambiental realizado en el predio delimitado por las calles Mármol, Florisbelo Acosta, Gutiérrez y López de Gomara.

El fallo hace hincapié en la declaración de impacto ambiental emitida por el Enosur el 11 de junio de 2013.

Hace poco más de un mes, la Cámara en lo Contencioso Administrativo había ratificado un fallo de primera instancia que ordenaba suspender las obras hasta tanto no se complete el certificado de impacto ambiental. Sin embargo, esta nueva resolución judicial va más allá y anula el proceso que realizó el Municipio para obtener este certificado.

Celsi cuestiona que los amparistas no tuvieron participación en el proceso de elaboración del certificado de prefactibilidad. Remarca que en noviembre de 2012 pidieron tener acceso al expediente y el Municipio jamás facilitó la información solicitada. “Esta gruesa y deliberada obstrucción en el acceso a la información y participación ciudadana, me permite calificar a la denunciada como ilegal y arbitraria”, señala el magistrado.

En ese contexto, en el punto quinto de su resolución, Celsi sostiene que “la declaración de impacto ambiental agregada en copia resulta un acto inválido, derivado de un procedimiento incompleto por carencia de aspectos esenciales, y extrínsecamente viciado, dado que no contiene la valoración de impacto ambiental. Es decir, no desaprueba o aprueba el proyecto, indicando en su caso los condicionamientos o parámetros generales a que debería atenerse”.

Finalmente, el juez señala que si el Municipio pretende “emitir una declaración de impacto ambiental respecto del anteproyecto de Procrear” en la Canchita de los Bomberos “deberá observar en forma legal las etapas de prefactibilidad y factibilidad de la Evaluación de Impacto Ambiental, con amplía difusión, apertura a la recepción de observaciones y convocatoria a audiencia pública en cada etapa”.

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