La Cámara Federal confirmó el procesamiento del ex juez Lona en el caso Ragone

La Cámara Federal confirmó el procesamiento del ex juez Lona en el caso Ragone

La Cámara Federal de Salta confirmó el procesamiento del ex juez Ricardo Lona por encubrimiento, en la causa que investiga el secuestro del ex gobernador Miguel Ragone, el homicidio de un comerciante que salió en su defensa y las heridas a una testigo del hecho, el 11 de marzo de 1976.

Los camaristas confirmaron la resolución con la que el juez Fernando Poviña procesó a Lona por encubrimiento y prevaricato, debido a las graves falencias en la investigación judicial del caso.

La confirmación del procesamiento del ex juez federal Lona es el resultado de un largo proceso en el que la Procuraduría de Crímenes contra la Humanidad y el fiscal Horacio Azzolín impulsaron el juzgamiento de Lona por su responsabilidad en crímenes del terrorismo de estado, según afirmó hoy el sitio fiscales.gob.ar.

En una resolución de 128 páginas, la Cámara Federal confirmó también la decisión de que el imputado siga en libertad, con la prohibición de salir del país y un embargo de medio millón de pesos sobre sus bienes.

Además, ratificó todo lo actuado hasta el momento en la investigación y descartaron la nulidad del requerimiento de instrucción, entre otros planteos de la defensa del acusado.

Los camaristas rechazaron el planteo formulado la semana pasada por el fiscal Azzolín para que endurezcan la situación procesal de Lona y cambien su calificación de encubridor a partícipe de los hechos.

Según la resolución de la Cámara, aunque el terrorismo de estado “se instauró oficialmente el 24 de marzo de 1976”, comenzó a desarrollarse en Salta desde 1974 con “los mismos protagonistas como autores”.

El médico Ragone, depuesto como gobernador de Salta en noviembre de 1974, fue interceptado en la mañana del 11 de marzo de 1976, cuando conducía un automóvil a poca distancia de su casa, por represores que lo inmovilizaron y arrojaron a la parte posterior del vehículo.

Antes de irse del lugar, la patota represiva hirió a la testigo Margarita Martínez y asesinó al comerciante Santiago Arredes, quien salió en defensa de Ragone.

A cargo de la causa que debía investigar los hechos, el entonces juez federal Lona nunca tomó declaración testimonial a Martínez y entregó el cadáver de Arredes sin realizar la autopsia, entre otras graves omisiones y otras irregularidades.

Lona calificó los hechos en el marco de la ley 20.840, denominada “antisubversiva”, a partir de lo cual se declaró competente por tratarse de un caso federal, “cuando de las constancias de la causa no existían antecedentes para considerar la posible comisión de actividades subversivas” por parte de las víctimas, indicó al disponer su procesamiento el juez Poviña.

Después, Lona se excusó de seguir interviniendo en la causa el 17 de noviembre de 1986 y en otro expediente declaró “legalmente muerto” a Ragone y tomó como “fecha cierta de su fallecimiento” el 11 de marzo de 1976.

Al confirmar el procesamiento, la Cámara Federal indicó, entre otras cosas, que “resulta un absurdo creer que un juez penal (aun con muy poca experiencia) así procede respecto del cadáver de una persona ultimada con un disparo, prescindiendo de elementos de prueba tan relevantes como una autopsia que permita aportar datos sobre el tipo de arma que utilizó el autor y su eventual cotejo con armas que luego sean habidas y secuestradas; por el solo hecho de que la familia del occiso así lo reclama”.

“Tan inusual fue el proceder, que el médico legal que realizó la observación del cadáver de Arredes declaró -con motivo del debate en la llamada causa ‘Ragone I’- que aquella fue la única oportunidad, en toda su carrera, que en hechos de muertes violentas no practicó una autopsia”, añadió la Cámara, haciendo suyo otro de los argumentos de la fiscalía.

La Cámara señaló además que Lona “se limitó a constituirse como un pasivo observador de la policía de Salta, permitiendo con ello que la fuerza de seguridad dirija a su antojo la investigación, invirtiéndose los roles que juez y policía debían mantener”, subordinado al Departamento de Informaciones Policiales.

Además del caso Ragone, Lona se halla procesado desde hace casi un año por su participación necesaria como juez federal en la Masacre de Las Palomitas, donde once presos políticos fueron ejecutados durante un traslado ordenado por él mismo el 6 de julio de 1976.

Poviña consideró que el entonces magistrado dio la orden de traslado con “la clara intención de allanar el camino hacia la producción del resultado del hecho del autor, esto es: el homicidio de las once víctimas, sobre la base de un plan común concertado en forma previa”.

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