Cada un día y medio se denuncia un caso de usurpación en la ciudad

Cada un día y medio se denuncia un caso de usurpación en la ciudad

Las zonas de San Jacinto, Playa Serena, Camet, Los Acantilados y Sierra de los Padres suelen ser las más afectadas. La mayoría de los casos se da en terrenos.

 El método de los usurpadores es similar: ingresan a las propiedades de manera clandestina y violenta.

Por lo general, ocurre en las zonas más alejadas de la ciudad. Los barrios San Jacinto, Playa Serena, Camet, Los Acantilados y Sierra de los Padres suelen ser los lugares predilectos. El método, en la mayoría de los casos, es siempre parecido: se ingresa a las propiedades de manera clandestina y violenta y se toma posesión cuando el dueño no se encuentra.

El delito de usurpación es habitual en Mar del Plata. Según cifras oficiales obtenidas por LA CAPITAL, en el periodo comprendido entre el 1 de mayo y el 1 de septiembre de este año, se denunció un caso en la ciudad cada un día y medio.

De las 112 denuncias que recibió en 153 días la fiscal especializada en el tema, Lorena Irigoyen, muchas se trataron de un delito penal, en otros el hecho se derivó a la justicia civil para que se tome la vía del desalojo.

La usurpación es un delito excarcelable, pero generalmente suele estar acompañada de otros delitos como falsificación de documentos o robo, por lo que los usurpadores pueden terminar teniendo una condena de prisión efectiva. Pero ser víctima puede convertirse en un calvario: aunque la investigación sea rápida, recuperar el inmueble puede llevar desde algunas semanas hasta varios meses. La Justicia de Garantías es la encargada de ordenar el "lanzamiento" del usurpador.

Por la gran cantidad de hechos que se registraban en la ciudad, desde el 4 de agosto del año pasado se puso en funcionamiento en la ciudad una fiscalía que se dedica a investigar específicamente estos hechos. En un comienzo estuvo a cargo Mariano Moyano - pasó a investigar robos calificados en casas- pero a partir de mayo de este año Irigoyen quedó al frente de las causas. "Ha habido un incremento en el tema de las denuncias por el tema de usurpación, pero no de los hechos. No creo que el problema haya crecido en los últimos meses sino que al haberse creado una fiscalía temática las víctimas se acercan más", explica la fiscal.

En Mar del Plata, la mayoría de las usurpaciones suele darse en terrenos de zona alejadas de la ciudad. Por lo general ocurre donde no hay construcciones pero también suceden en propiedades donde hay inmuebles. Estos datos no son menores: en la justicia no es habitual que aparezcan denuncia de tomas masivas de terrenos. Por eso lo ocurrido en el barrio José Hernández esta semana está siendo investigado dentro de un contexto político. (ver aparte)

La fiscalía recibe las denuncias de usurpación que le llegan de la Policía. Por eso, en la fuerza se difundió una instrucción general a todas las comisarías para saber cómo debe actuar ante una posible usurpación. En ese primer momento, el pedido hacia el policía es respetar dos pasos clave: solicitar la documentación del inmueble o lote y realizar una buena inspección ocular. Para llegar a ese punto es importante que la denuncia se haga con rapidez. "Lo que hay que tener en cuenta es que el delito de usurpación es instantáneo pero de acuerdo a la ley nosotros tenemos 3 años para poder investigarlo. Luego de ese tiempo el delito prescribe", explica Irigoyen. Y agrega: "Si la ocupación es anterior a esos tres años, nosotros ya no tenemos posibilidades de hacer nada".

Para la Justicia, el tiempo es fundamental para evitar que los usurpadores se queden con el terreno o la vivienda.

"Para nosotros es importantísimo enterarnos inmediatamente porque la usurpación es un delito como todos: cuanto más pasa el tiempo, más complejo es obtener las pruebas", sostiene la fiscal. Y explica: "Es muy difícil probar que hubo violencia dos años después de que sucedió el hecho.

El tiempo pasa y también las pruebas pasan".

Uno de los mayores problemas que tienen los investigadores es la falta de colaboración de los vecinos de la víctima. "No se comprometen. Primero no se animan a declarar y tampoco llaman al 911", dice Irigoyen. Y agrega:

"La usurpación es un delito de acción pública y el vecino tiene que llamar al 911. Si en el momento en que se está usurpando una vivienda o un terreno se llama al 911 y va al patrullero se inicia una causa como si fuera en Flagrancia o en robo. Es clave denunciar primero para evitar la ocupación".

Uno de los problemas con los que se había encontrado el fiscal Moyano cuando se creó la fiscalía es que operaban bandas con información privilegiada para comprar terrenos. Es más: en ese momento dos empleados municipales fueron detenidos. Esa situación se modificó con el tiempo.

"Esos casos no se repitieron. Ante la creación de la fiscalía especializada los conflicto cesaron", sostiene la fiscal. Y explica: "Tampoco se detectó que haya un patrón específico de gente que busque los terrenos. La mayoría de los casos son personas que se meten en un inmueble por la necesidad de tener un techo".

¿Usurpación o no?

El artículo 181 del Código Penal Argentino establece en su inciso uno que se cometerá el delito de usurpación cuando una persona "por violencia, amenazas, engaños, abusos de confianza o clandestinidad despojare a otro, total o parcialmente, de la posesión o tenencia de un inmueble o del ejercicio de un derecho real constituido sobre él, sea que el despojo se produzca invadiendo el inmueble, manteniéndose en él o expulsando a los ocupantes".

El inciso dos agrega que también cometerá el delito de usurpación "el que para apoderarse de todo o parte de un inmueble, destruyere o alterare los términos o límites del mismo". Y el tres: "el que, con violencias o amenazas, turbare la posesión o tenencia de un inmueble".

Todo el resto de los casos que no están incluidos en estos tres incisos corresponden a la Justicia civil y la víctima tendrá que pedir un desalojo. Esta diferencia suele generar confusiones.

- ¿Cuándo una persona debe hacer la denuncia por usurpación?, le preguntó LA CAPITAL a Irigoyen.

- El delito de usurpación es un delito que tiene determinados requisitos. El primer requisito es la forma en que ingresa la gente ilegítimamente a ese imnueble. Para el dueño siempre que no sea él, va a ser ilegítimo pero sin embargo para la ley no. Entonces para que haya usurpación tienen que ingresar por violencia, amenazas o clandestinidad, entendiendo por clandestinidad cuando el dueño de la cosa no tiene el inmueble a su vista y a su cuidado. Todos los demás casos, donde hay ocupaciones que para el dueño no son legales o legítimas pero que no se ingresa por esos medios, no son delito. Es decir, por supuesto que el dueño siempre tiene todas las herramientas para recuperar su inmueble, pero no desde el derecho penal. El derecho penal no tiene como objetivo recuperar el inmueble de un propietario sino que tiene el objetivo de reprimir si hubo un delito y devolver a su estado natural las cosas. Por eso en el ámbito penal se pide el lanzamiento que es parecido a una medida de desalojo en sede civil. Pero para que haya un lanzamiento realmente tiene que haberse comprobado un delito.

- ¿La ciudad tiene alguna particularidad que hace creer que se está frente a un delito de usurpación cuando en realidad no lo es?

- Acá en Mar del Plata lo que se observa mucho es la compra informal de los inmuebles. Estamos hablando de cesiones de derechos y contratos de compraventa donde realmente el que lo vende no es el dueño. Tampoco se piden los certificados. Se compra como si fuera un escritorio. Entonces muchas veces hay una persona que compra el inmueble, lo cuida y se comporta como dueño. Pero suele pasar que de esa propiedad aparecen los hijos de los dueños por una sucesión y lo reclaman porque la venta se hizo de manera informal. Mar del Plata es una ciudad donde los lugares han pertenecido a mucha gente y donde hay sucesiones que no se tramitan acá. Toda esa transferencia informal de inmuebles no tiene que ser dirimida en sede penal. Nosotros como fiscales no podemos decir quién tiene mejor derecho sobre un bien inmueble cuando hay dos personas que están reclamando. Cuando pasa eso ese conflicto tiene que dirimirse si o si en sede civil.

- ¿La aparición del Procrear generó algún tipo de problemas por la necesidad de la gente de adquirir un terreno para construir?

- Sí, estamos teniendo un problema nuevo con el Procrear.

Para que te den el Procrear y se pueda comprar se necesita hacer una reserva y con esa reserva uno tramita plan. Entonces cuando está aprobado ya se puede comprar el terreno. Hemos tenido cinco casos de denuncias de usurpación de gente que ha hecho la reserva de terreno y cuando van hay vecinos que le dicen que ese terreno es de ellos porque hace 20 años que le cortan el pasto y lo mantienen. Esto pasa porque hay gente que es propietaria del terreno pero nunca se han comportado como tal. En ese caso, no hay delito de usurpación y lo que puede hacer el dueño es un trámite civil para recuperar la propiedad de ese inmueble. No es que cualquiera puede cortar el pasto y se queda con un terreno.

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