Buryaile firmó la ampliación de la emergencia agropecuaria

Buryaile firmó la ampliación de la emergencia agropecuaria

El Ministerio de Agroindustria de la Nación amplió el estado de emergencia y/o desastre agropecuario para las provincias de Chaco, Córdoba, Entre Ríos, Formosa y Santa Fe; publicadas ayer por la mañana en el Boletín Oficial. 

En este sentido el ministro de Agroindustria, Ricardo Buryaile, indicó que “el objetivo de este Ministerio es estar presente, tanto en los buenos como en los malos momentos, para cada una de las producciones. En esta difícil situación, trabajamos poniendo a disposición las herramientas para asistir al productor en la solución de su problema en el menor tiempo posible”.

El secretario de Coordinación y Desarrollo Territorial, Santiago Hardie, el subsecretario de Coordinación Política, Hugo Rossi, y el resto de la mesa de trabajo del Ministerio se encargaron de mantener un diálogo diario este último tiempo con cada una de las provincias afectadas y la Comisión Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarios (CNEyDA) para determinar la ampliación del estado de emergencia. A continuación se presenta un resumen de la extensión de cada provincia.

La Comisión Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarios analizó la situación planteada y recomendó la declaración del estado de emergencia y/o desastre agropecuario, tal como fue solicitado por la Provincia de Formosa y la prórroga hasta el 31 de diciembre de 2016 del plazo de vigencia de la declaración del estado de emergencia agropecuaria para el sector ganadero de las explotaciones comprendidas en los límites descriptos en el Artículo 2° de la Resolución N° 21 del 22 de febrero de 2016 del Ministerio de Agroindustria.

Declararon “Zona de Desastre Agropecuario” para los productores agrícolas de mandioca, batata y hortalizas bajo cubierta, para los establecimientos ubicados en el departamento Pirané y las localidades de Fortín Cabo 1° Lugones y Villa General Güemes del departamento Patiño. Asimismo declaró el estado “Emergencia Agropecuaria”, para el cultivo de algodón en los predios ubicados en el departamento Pirané y las localidades de Fortín Cabo 1° Lugones y General Güemes y sus colonias del departamento Patiño; en relación al sector ganadero para los establecimientos que se encuentren ubicados la totalidad de los departamentos Pirané, Pilagás, Formosa, Laishí, y en las localidades de Villa Gral. Güemes y General Manuel Belgrano y sus colonias del departamento Patiño, exceptuando la zona que ya estaban incluidas en del decreto N° 42/16 con declaración vigente.

Además se declaró la “Emergencia” para el sector forestal para los predios ubicados en los departamentos Pirané y Patiño y para el sector apícola para los lotes situados en los departamentos: Pirané, Pilagás, Pilcomayo, Formosa y Laishí.

El período de vigencia de la declaración es de seis meses, desde el 1 de marzo al 31 de agosto de 2016 para los cultivos de algodón, mandioca, batata y hortalizas bajo cubierta, para la actividad apícola y forestal. Para el caso de la actividad ganadera el plazo de vigencia es de diez meses, desde el 1 de marzo hasta el 31 de diciembre del corriente año.

Otro punto de consideración que estableció la normativa, es la prórroga del plazo vigencia en la declaración de estado de emergencia agropecuaria para el sector ganadero, hasta el día 31 de diciembre del corriente año para los establecimientos comprendidos en el área que establece el decreto anterior (N°42/16). Esto a partir de considerarse la duración del ciclo de producción ganadera y la continuidad de los eventos climáticos adversos.

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