Bonadio rechazó el pedido de nulidad de CFK sobre las tasaciones

Bonadio rechazó el pedido de nulidad de CFK sobre las tasaciones

El abogado de la exmandataria esgrimió que "no fueron debidamente notificadas".

 

La defensa de la ex presidenta Cristina Fernández pidió la nulidad de la tasación de sus propiedades en Santa Cruz ordenada en el marco de la causa "Los Sauces", pero el juezClaudio Bonadio rechazó el planteo.

En un escrito, el abogado Carlos Beraldi, defensor de Cristina, explicó que las tasaciones ordenadas por Bonadio para determinar el valor de las propiedades no fueron debidamente notificadas y que por lo tanto la medida es nula y no tiene validez.

El abogado aseguró en la presentación que no se le permitió designar un perito de parte y poder controlar el modo en que se realizó la tasación, por lo que se habría afectado la "garantía del debido proceso y defensa en juicio".

Según Beraldi, "esa parte nunca fue notificada del inicio de las operaciones periciales, ello en contra de lo dispuesto por el artículo anterior y en vulneración a la garantía de defensa en juicio. Ello así ya que se vio imposibilitada de designar perito, ofrecer un temario ampliatorio, controlar la dirección de la experticia, verificar la calidad habilitante, la capacidad y compatibilidad de los peritos y, eventualmente, deducir recusación".

"Debo aclarar que el defensor parte de un yerro -le contestó hoy Bonadio-, el cual consiste en considerar una pericia, cuando claramente el decreto del 25 de agosto del corriente dispone un estudio de los valores de los inmuebles y de las obras construidas en determinado lapso de tiempo, con lo cual de ningún modo puede ser considerada una pericia en que deba regirse por la normativa citada por la parte".

"El personal del organismo que lo realiza -Tribunal de Tasaciones de la Nación- es el específico en la materia para tal estudio y no debe tener una calidad habilitante más allá de las que requiera el cargo público que desempeñe", remarcó el juez.

Añadió que "sin perjuicio de ello la parte tiene y tendrá el derecho a aportar su propia tasación en los términos del decreto mencionado, como también a hacer las consideraciones que entienda oportunas al momento de ser recibido el informe en estos estrados".

Bonadio también sostuvo que "el letrado defensor que plantea la nulidad tomó conocimiento de la medida ordenada con fecha 25 de agosto de 2016 por haber tomado vista de las actuaciones con fecha 15 de septiembre de 2016 y obtenido fotocopias de las actuaciones y específicamente del cuerpo 8 con fecha 14 de octubre del cte. año y nada advirtió al respecto".

"Por último debo recordar que el régimen de nulidades previsto por nuestro ordenamiento legal es restrictivo, requiriéndose una demostración del perjuicio causado a la parte que alega la nulidad, además del acto que considera viciado de nulidad, ya que de lo contrario, se declararían nulidades por el puro interés de la ley. Por todo ello es que corresponde rechazar 'in limine' el planteo de nulidad intentado por el letrado defensor de la imputada Cristina Elisabet Fernández, Dr. Carlos Beraldi por improcedente", afirmó.

 

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