Boleto: el STJ ordenó al Municipio que convoque a audiencia pública en 15 días

Boleto: el STJ ordenó al Municipio que convoque a audiencia pública en 15 días

La sentencia, que difunde como adelanto CHACO DIA POR DIA, fue dictada este jueves por el máximo tribunal de justicia del Chaco. Se desestimó un recurso de inconstitucionalidad y confirmó una acción de amparo que declaró nula la ordenanza que avaló el aumento de boleto urbano. Ordenó que en quince días se convoque a audiencia pública

El Superior Tribunal de Justicia del Chaco dejó firme una acción de amparo que frenó el aumento del boleto y ordenó a la Municipalidad de Resistencia que en quince días arbitre los mecanismos para convocar a una audiencia pública para determinar el precio del boleto urbano. Con esta resolución judicial se pone punto final a la polémica generada por la presentación realizada en el año 2012 por el Defensor del Pueblo del Chaco, Gustavo Corregido, que ya había tenido sentencia favorable en primera y segunda instancia. La medida fue dictada en la víspera de una nueva medida de fuerza de los choferes de colectivos de Resistencia en reclamo por el pago de sus salarios y en solidaridad con los trabajadores en conflicto de la Línea 9. 

 

Con fecha de hoy, el fallo fue difundido en la página web oficial del Poder Judicial del Chaco con las firmas de los ministros María Luisa Lucas, Alberto Mario Modi, Iride Isabel María Grillo y Rolando Ignacio Toledo, en el marco del Expediente N° 11275/12 caratulado “DEFENSOR DEL PUEBLO DE LA PROVINCIA DEL CHACO C/ MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE RESISTENCIA S/ACCION DE AMPARO - (P/C: 1º a 4º CUERPOS, EXP.Nº11.276/12 y 7729/13-1O)”. 

 

El caso

 

En el año 2012, el Defensor del Pueblo del Chaco, Gustavo Corregido, promovió acción de amparo contra la Municipalidad de Resistencia para que se deje sin efecto la ordenanza N° 10816/12 que determinó el incremento de la tarifa del transporte público de pasajeros para los servicios urbanos en concepto de boleto único en 3,25 pesos. Entre otros puntos, el ombudsman provincial exigía una metodología que permita determinar los costos que originan la explotación del servicio y también la convocatoria a una audiencia pública “en resguardo de los principios de publicidad y amplia participación”.

 

La acción de amparo tuvo acogida favorable en primera instancia y obligó a la Municipalidad de Resistencia a impulsar una nueva ordenanza por la que se declaró en Estado de Emergencia al actual Sistema de Transporte Urbano de Pasajeros – Modalidad Ómnibus “por el término de 90 días y/o hasta tanto recaiga sentencia firme en el conflicto judicial, lo que ocurra primero”. En febrero de 2014 la Cámara confirmó el fallo de primera instancia, en ese contexto la Municipalidad de Resistencia impulsó un recurso extraordinario de inconstitucionalidad que ahora fue desestimado por el Superior Tribunal de Justicia. A partir de ese momento, la Municipalidad de Resistencia simplemente adhirió a los aumentos de boleto en las líneas interurbanas que definía la Subsecretaría de Transporte de la provincia del Chaco. 

Comentá la nota