Barrick recusó a Casanello por "antipatía" hacia la minería

Barrick recusó a Casanello por

La medida se tomó en el marco de la causa por incumplimiento de Ley de Glaciares.

La minera Barrick recusó y pidió apartar al juez federal Sebastián Casanello de la causa que investiga un supuesto incumplimiento de la Ley Nacional de Glaciares en los proyectos Veladero y Lama, por presunto “prejuicio y antipatía” contra la empresa que maneja las minas, en contraste con su supuesta “marcada parcialidad” a favor de la Asamblea de vecinos de Jáchal, querellante en la causa, según argumentó.

 

El presidente de las firmas “Barrick Exploraciones Argentina SA” y “Minera Argentina Gold SRL”, Fernando Giannoni, planteó la recusación en un escrito, presentado por el abogado León Arslanián, en el que cuestionó al juez por citar a declaración indagatoria a siete exfuncionarios nacionales imputados por presunto incumplimiento de sus deberes con respecto a la Ley Nacional de Glaciares al permitir la instalación y funcionamiento de los proyectos mineros.

 

El magistrado deberá resolver sobre la recusación en su contra presentada por “prejuzgamiento” y en caso de rechazar los argumentos y resolver continuar al frente del caso, el tema será resuelto por la Cámara Federal porteña.

 

La minera sostuvo que el magistrado que investiga el incumplimiento a la Ley Nacional de Glaciares 26.639 actúa con “marcada parcialidad en favor de la Asamblea querellante”, donde se agrupan vecinos bajo el lema “Jáchal no se toca” y por el contrario mostraría “prejuicio y antipatía en contra de Barrick”.

 

Además advirtió que Casanello insinuó en una resolución la posibilidad de cerrar Veladero y ello pondría en riesgo 4 mil puestos de trabajo. Barrick “contrata el 18 por ciento de las pymes locales aportando con su explotación el 34 por ciento del producto bruto provincial”, argumentó la minera entre otros aspectos al cuestionar la advertencia de Casanello sobre Veladero, mina que funciona desde el 2005 mientras que en el caso de Lama la construcción está suspendida.

 

En concreto, se cuestionaron dos resoluciones judiciales, de abril y agosto pasado, en las que el magistrado aludió a la “producción de eventos contaminantes, no uno sino varios, que obliga a considerar de modo definitivo su cierre pues son los hechos en su más cruda realidad lo que demuestran que las medidas de prevención fracasaron y los pronósticos fueron equivocados”.

 

Para el Presidente de Barrick, este párrafo “alcanza para determinar el apartamiento por incurrir en un prejuzgamiento inadmisible” al negar que los eventos contaminantes “hayan sido graves” y remarcar que eso “debe evaluarlo la justicia provincial competente”.

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