Bancor, condenado a indemnizar y salvar el honor de un agente

Bancor, condenado a indemnizar y salvar el honor de un agente

Había despedido con causa a un empleado por un hecho que no había cometido. Debe publicar solicitadas en defensa de su buen nombre y honor.

 La Cámara del Trabajo de Villa María condenó al Banco de Córdoba a indemnizar a un trabajador despedido con causa. Pero el resarcimiento consistirá no sólo en una suma de dinero, sino también en la obligación de publicar una solicitada en diferentes diarios de la región.

En la publicación, el banco deberá aclarar que el exempleado fue “dañado injustificadamente, sin razón ni prueba”, en la medida en que se le imputó una conducta laboral fraudulenta que no pudo ser probada, lo que terminó perjudicando su “imagen laboral y su honor personal”.

La sentencia aplica el artículo 1.740 del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación –de reparación plena– y determina que el banco deberá publicar, “a su costo y cargo, en El Diario del Centro del País y Puntal (Villa María), una solicitada cuya dimensión no podrá ser inferior a un octavo de página, publicación que se deberá reproducir cuatro veces con una alternancia de cinco días durante un mes corrido”. Esto, en el carácter de prestación accesoria de “la reparación al daño espiritual y al buen nombre y honor de Nicolás Bertello”.

La resolución fue adoptada por el camarista Marcelo Salomón, que hizo lugar parcialmente a la demanda planteada por Bertello, quien en septiembre de 2009 fue despedido bajo la imputación de haber cometido injurias laborales graves. Las autoridades del banco habían denunciado al empleado por la supuesta “confección de tres boletos de compraventa de dólares apócrifos”. En esa causa penal, Bertello fue sobreseído en 2010.

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