Aybar solicita auditoria del Tribunal de Cuentas a la Secretaría de Hacienda de Caleta Olivia

Aybar solicita auditoria del Tribunal de Cuentas a la Secretaría de Hacienda de Caleta Olivia

 "Considero se debe solicitar la intervención del Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Cruz, para el envío de un equipo de Auditores y se disponga una Auditoria Contable de los procedimientos llevados adelante por los responsables de la Hacienda Municipal", así versa parte del proyecto de resolución del Concejal Caletense, Manuel Alejandro Aybar.

Considerandos del proyecto de resolucion completo:

Ante la falta de comunicación en lo que respecta al manejo de la hacienda publica, desde el Departamento Ejecutivo Municipal a este Departamento Legislativo y ante lo dispuesto por Ley Provincial N° 500, en la que se establece claramente las responsabilidades de quien debe realizar un pormenorizado control del cumplimiento de la Leyes Provinciales 760 y 55, y con la única finalidad de poder establecer claramente y transparentar el procedimiento utilizado por quienes tienen a su cargo la Hacienda Municipal para verificar si se encuentra esta enmarcada conforme a lo establecido en legislación vigente.

Como así también debemos decir que no tenemos la información pertinente sobre lo Ejecutado del Presupuesto años 2.013 y 2.014, el que pareciera ser fueron muy superiores al sancionado por este Honorable Cuerpo, y de cuyo hecho tampoco se cuenta con la debida información de los ingresos y egresos que por todo concepto tiene nuestra Municipalidad. Pese a los reiterados pedidos no fue posible contar en las rendiciones de cuentas correspondientes a los años 2.009, 2.010, 2.011, 2.013 y 2.014.

A todo esto es de mucha preocupación que el Intendente Municipal no realiza los aportes patronales y personales a las caja de Previsión Social y Servicios Sociales, agravado ello con la falta de un seguro de vida personal (ISPRO) y el seguro de ART el cual tampoco se abona, lo que obviamente es una cuestión totalmente ilegal y lo pone en una supuesta figura de Incumplimiento de los Deberes de Funcionario Público.

Otra de las cuestiones que no hemos podido lograr en estos casi cuatro años es poder tener una información del manejo financiero que realiza la Empresa Municipal Teleservicios Caleta Olivia, la que fue intervenida ilegalmente por el Intendente y que a la fecha continua de igual forma, mismo procedimiento adoptado con Urbano S.E..

En virtud de lo expuesto y de conformidad a lo establecido en el Articulo 2° de la Ley Provincial N° 500, del funcionamiento del Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Cruz y que dice textualmente: “Artículo 2º.- Es el organismo fiscalizador de la gestión financiero patrimonial de la Provincia, los municipios, las empresas para-estatales, las reparticiones descentralizadas y autárquicas, creadas o que se creen y como tal, solo depende de la Constitución y de la ley. Tendrá jurisdicción en todo el territorio de la Provincia, y residirá en la Capital de la misma”, es que considero se debe solicitar la intervención del Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Cruz, para el envío de un equipo de Auditores que lleve a cabo una reunión con los representantes del Pueblo de Caleta Olivia que conformamos este Honorable Concejo Deliberante y a posterior se disponga una Auditoria Contable de los procedimientos llevados adelante por los responsables de la Hacienda Municipal, con el objeto de clarificar y transparentar las cuentas públicas de nuestra Municipalidad.

El Articulo 2° de la Ley Provincial N° 500, del funcionamiento del Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Cruz y su Artículo 33º.- Cada Intendente Municipal presentará al respectivo Concejo Deliberante, antes de los sesenta (60) días de cerrado el ejercicio de cada año, la rendición de cuentas de la percepción e inversión de fondos municipales. Este tomará conocimiento y realizará las observaciones pertinentes, debiendo remitirla al Tribunal antes de los sesenta (60) días. Si no se hiciera, el Tribunal podrá retirarlas por un empleado que designe al efecto, siendo los gastos que ocasiones a cargo del funcionario remiso.-con el objeto de clarificar y transparentar las cuentas públicas de nuestra Municipalidad. Considero se debe solicitar al Tribunal de Cuentas de la Provincia informe sobre lo actuado a la fecha.

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