El PE no avala la “re-re” que plantea “Gallito”

El PE no avala la “re-re” que plantea “Gallito”

Según el fiscal de Estado, es constitucional la cláusula de la Carta Magna local que limita a dos mandatos la duración de los legisladores Gutiérrez, vicepresidente del bloque oficialista Tucumán Crece, asegura que es “discriminado” por la Constitución provincial. Posse Ponessa anticipó la réplica del Gobierno

En soledad, pero con la expectativa y el discreto apoyo de varios colegas, José“Gallito” Gutiérrez pelea en los Tribunales provinciales por la inconstitucionalidad del artículo de la Carta Magna provincial que le impide competir por un tercer mandato como candidato a legislador. 

Si la sala III de la Cámara en lo Contencioso Administrativo le da por ganada la demanda al vicepresidente del bloque alperovichista Tucumán Crece, al menos una veintena de sus “compañeros” estaría en condiciones de imitar su planteo, con el aval favorable de la jurisprudencia.

Cuentan en la Casa de Gobierno que la sola posibilidad de que esto ocurra hace fruncir el ceño al gobernador, José Alperovich. Por eso, el mandatario le dio la orden al fiscal de Estado,Jorge Posse Ponessa, de que -como parte demandanda- rechace de plano el intento reeleccionista de “Gallito” Gutiérrez. Y el representante legal del PE, según le adelantó a LA GACETA, ya está trabajando en la contestación.

Posse Ponessa anticipó que uno de los argumentos para oponerse al planteo por la “re-re” descansa en el plazo de 60 días, desde sancionada la norma objetada, que otorga el Código Procesal Constitucional para formular objeciones. “Teniendo en cuenta que la Constitución provincial fue reformada en 2006, ya se han superado esos tiempos”, opinó el fiscal de Estado.

Agregó que la Carta Magna nacional, en sus artículos 121, 122 y 123, otorga a las Provincias los atributos para “elegir sus gobernadores, sus legisladores y demás funcionarios provinciales sin intervención del Gobierno federal”, y “dictar su propia Constitución”. “No existe la inconstitucionalidad que plantea el legislador”, dijo Posse Ponessa. 

En la última semana de octubre, Gutiérrez elevó mediante su abogado, Luis Elizalde, un planteo de inconstitucionalidad ante los vocales Ebe Lopez Piossek y Sergio Gandur, camaristas en lo Contencioso Administrativo. “Gallito” fue electo por el Este para los períodos 2007-2011 y 2011-2014. En su demanda contra el PE, objetó el artículo 45 de la Carta Magna provincial, donde se establece que “los legisladores durarán cuatro años y podrán ser reelegidos por un nuevo período consecutivo”. 

Se aclara luego que “no podrán ser elegidos nuevamente sino con el intervalo de un período”. 

Gutiérrez, en más de una ocasión, valoró que pertenece al selecto grupo de dirigentes tucumanos que permanece en cargos públicos electivos desde la década de 1980. Aunque admite que su fuerte no es la producción legislativa, ha defendido en diversas entrevistas su trabajo territorial en la comuna de Garmendia, al punto que su madre, Angélica Manzanedo, es comisionada rural del pueblo. A los 57 años, Gutiérrez -que tuvo otro mandato en el cuerpo colegiado entre 2003 y 2007- asegura que la Constitución provincial lo “discrimina”, ya que la normativa nacional no prevé límites para los mandatos en el Senado y Diputados de la Nación.

El intento de “Gallito” de obtener la “re-re” no cayó nada bien en la Casa de Gobierno. Cuentan que, por un lado, en la sede de calle San Martín y 25 de Mayo preocupa el impacto negativo que podría tener en el electorado este asunto. Además, varios legisladores y concejales que cumplirán dos gestiones seguidas podrían imitar la estrategia, algo que generaría repercusiones en el propio armado oficialista.

La intención del fiscal de Estado es evitar que “Gallito” cante victoria.

Según le explicó a LA GACETA, la semana pasada recibió en su despacho el oficio judicial que le indicaba su turno para contestar la demanda de Gutiérrez. Posse Ponessa ya está redactando el rechazo al planteo por la “re-re”. “Existe jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de Tucumán, en la causa Arias, Víctor vs. Provincia de Tucumán, en la que el alto tribunal considera que se torna inútil la substanciación del trámite, por haber transcurrido los 60 días previstos para la impugnación de la norma”, indicó el letrado del Poder Ejecutivo. E insistió con que la Provincia tiene la potestad de redactar su propia Carta Magna. “El límite a los legisladores no vulnera ninguno de los principios institucionales que hacen a la estructura del sistema adoptado por la Constitución nacional”, detalló.

¿Ganará “Gallito”? ¿O prevalecerá la postura del PE? La respuesta, sin dudas, no interesa sólo a las partes en litigio.

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