Aval del Superior Tribunal de Justicia a la licitación de casinos en el interior

Aval del Superior Tribunal de Justicia a la licitación de casinos en el interior
El máximo tribunal del Chaco admitió un planteo del organismo que regula los juegos de azar en la provincia del Chaco y dejó sin efecto una medida cautelar que había frenado el llamado a licitación para la concesión de casinos y salas de juego en el interior provincial.
El Superior Tribunal de Justicia del Chaco admitió un recurso presentado por Lotería Chaqueña y rechazó una medida cautelar innovativa que había suspendido el llamado a licitación para la concesión de casinos y salas de juego en varias localidades del interior de la provincia del Chaco, hasta tanto se resolviera la cuestión de fondo. Así, el máximo tribunal dejó sin efecto la medida judicial dictada por la Cámara de Apelaciones Criminal y Correccional de Resistencia el 25 de marzo último, ante una presentación de la empresa Champion Games SRL, que había sido difundida en primicia por CHACO DIA POR DIA.

El caso

A través del decreto 303/14, del 27 de febrero de 2014, Lotería Chaqueña llamó a licitación pública para la concesión de casinos y salas de juegos en toda la provincia del Chaco, a excepción de la zona del Gran Resistencia. La apertura de sobres estaba prevista para el 31 de marzo cuando el diputado del Frente Grande, Daniel Trabalón alertó que una medida de tal trascendencia ameritaba un debate más amplio y criticó la “escasa difusión” pública que se dio a la convocatoria. Al mismo tiempo, pidió al Poder Ejecutivo que suspenda el llamado a licitación. Paralelamente, la empresa Champion Games SRL y Casinos Gala interpusieron una serie de medidas cautelares para evitar el avance del proceso ya que entendían que sus intereses económicos se verían perjudicados. Así las cosas, ambos planteos tuvieron acogida favorable pero ahora uno de ellos es revertido por el máximo tribunal chaqueño.

El fallo del Superior Tribunal

La resolución, que difunde como adelanto CHACO DIA POR DIA.COM, fue dictada este lunes 26 de mayo, y lleva la firma de los cinco miembros del Superior Tribunal de Justicia: Rolando Toledo (presidente), Ramón Avalos, Alberto Modi, María Luisa Lucas e Iride Isabel Grillo. Es en el marco del expediente caratulado "ABALO, GABRIEL ROQUE S/MEDIDA CAUTELAR DE NO INNOVAR"; EXPTE. Nº 8475/14- SCA”.

Entre los fundamentos de la resolución, los jueces del STJ plantean que “el peticionante de la medida cautelar no ha logrado demostrar con el grado de suficiencia requerida la verosimilitud del derecho que presuntamente le asiste, como para enervar los efectos del procedimiento licitatorio puesto en marcha por el Estado Provincial”. En ese sentido, consignan que “los argumentos vertidos por su parte quedan desvirtuados con los términos de la Resolución Nº 674/14 de Lotería Chaqueña de fecha 21/03/14 (anterior a la resolución recurrida) por la que se resuelve prorrogar la fecha de presentación y apertura de ofertas de la Licitación Pública Nacional Nº 42/12 para el día 11 de abril de 2014 y además prorrogar el cronograma de la licitación y concesión previstas en el Dto. 303/14 por el término de 11 días”.

“De los considerandos de dicho decreto surge que el objetivo es el de ‘permitir mayor cantidad de participantes y así asegurar una mejor competitividad, otorgando igualdad de oportunidades y posibilitando que el Estado Provincial contrate en las condiciones más convenientes’”, entienden los magistrados.

Abundan que “la decisión del a-quo contiene afirmaciones dogmáticas, que no constituyen derivación razonada del derecho vigente con arreglo a las circunstancias de la causa y por ello debe ser dejada sin efecto. Y no advirtiéndose de los elementos de juicio obrantes en autos ilegitimidad manifiesta en el obrar administrativo que conculque gravemente los derechos y/o intereses legítimos del peticionante de la medida cautelar, corresponde, en uso de las facultades conferidas por el art. 29 del Dto. Ley 6997, desestimar la medida cautelar de no innovar promovida”.

Comentá la nota