Asesoramiento gratuito para acceder a escrituras sociales

Asesoramiento gratuito para acceder a escrituras sociales

Se sumarán nuevos días y horarios de atención con respecto a cómo regularizar la documentación.

Desde la Dirección de Tierras del Municipio informaron que ya a partir del mes en curso hay nuevos días y horarios de asesoramiento gratuito acerca de cómo pueden hacer los vecinos para actualizar y regularizar la situación dominal de sus hogares.

Según dieron a conocer las autoridades, el cronograma de asesoramiento se llevará a cabo de acuerdo a la demanda de los mismos vecinos. Este nuevo programa gratuito, es una política integral articulada entre la Dirección de Tierras de Pilar – dependiente de la Secretaría de Obras Públicas- , la Escribanía General de la Provincia de Buenos Aires y el Ministerio de Justicia de la Nación.  

La idea es que los pilarenses puedan obtener la información necesaria sin intermediarios sobre cómo hacer para poder escriturar sus viviendas, siempre teniendo en cuenta que se trate de una vivienda única y familiar.

Esta posibilidad se brinda mediante la implementación de la Ley Nº 10830 y consiste en una escritura traslativa de dominio que se realiza mediante la intervención de la Escribanía General de Gobierno  de la Provincia de Buenos Aires, y es concedida en forma gratuita. .

De acuerdo a lo señalado desde la Dirección de Tierras, el objetivo de dicho programa es "apostar al desarrollo de la infraestructura urbana y servicios, la normalización tributaria y la incorporación de inmuebles al circuito formal de comercialización”

Para solicitar que un grupo de asesores se acerque a tu barrio, se deberá concurrir a 11 de septiembre 715, llamar al 0230-4669200 int. 9301 o bien escribir a tierras@pilar.gov.ar

Para el trámite preparatorio de Regularización Dominal será obligatorio presentar:

- DNI y CUIL del beneficiario

 

  1.    -   DNI de todo el grupo familiar conviviente, con domicilio actualizado
  2.     -  Partida de matrimonio y partidas de nacimiento de los hijos
  3.    -    Boleto de Compra-Venta, libreta de pagos, Cesión de boletos  y planos de la vivienda
  4.     -   Boletas de servicio con comprobante de pago
  5. Otras constancias que demuestren la ocupación efectiva de la vivienda. 

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