Aseguran que el conflicto con Salta lo debería resolver el Congreso

Aseguran que el conflicto con Salta lo debería resolver el Congreso

La medida es contraria a la petición de Catamarca que argumentó que los límites ya están fijados. La causa pasó para sentencia.

En un dictamen que se elevó a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, la Procuración General de la Nación concluyó que es el Congreso, y no ese alto tribunal, el que debe resolver el conflicto que mantienen Salta y Catamarca en la zona del Salar de Diablillos.

En el 2007,  Catamarca promovió una demanda contra la vecina provincia porque había otorgado yacimientos mineros que están en territorio catamarqueño. En la acción judicial, Catamarca argumentó que no se trata de un problema limítrofe sino de una avanzada sobre territorio provincial. 

La información fue publicada en el diario El Tribuno de la vecina provincia. Según pudo averiguar El Ancasti, Fiscalía de Estado no recibió noticias sobre esta resolución de la Procuradora Alejandra Gils Carbó que sería contraria a los intereses que defiende Catamarca. De todos modos, fuentes del Gobierno provincial manifestaron que el dictamen no es vinculante. Lo cierto es que el expediente está ahora para que resuelva la Corte de Justicia de la Nación. 

Según se registra en la página de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, el 28 de febrero de este año, la causa ingresó a la Procuración General de la Nación; el 5 de junio emitió su dictamen y  el pasado 10 de junio, el expediente fue remitido a la Corte para que dicte sentencia. La defensa de la postura provincial está en manos de un estudio de abogados contratado por la Provincia: Ezequiel Cassagne y Juan Carlos Cassagne. 

La publicación periodística del diario salteño indica que la Corte nacional se declaró competente para resolver la demanda, pero ahora, tras analizar los alegatos de ambas provincias, la Procuración pidió al tribunal que reconsidere su decisión de seguir entendiendo en el proceso.

"La vía elegida por Catamarca no es la idónea para resolver la controversia, porque excede las facultades de la Corte Suprema”, dictaminó el Ministerio Fiscal de la Nación, tras remarcar que "el pleito no se refiere meramente a un conflicto interprovincial sobre posesión o dominio de tierras fronterizas, sino que se centra en una irresuelta determinación de límites que debe ser tratada por el Congreso de la Nación”. 

En efecto, es el Poder Legislativo el que está facultado, por el artículo 67 de la Constitución argentina, para arreglar definitivamente los límites del territorio de la Nación y fijar los de las provincias.

 Y más adelante el medio señala: "La Procuración fiscal, en línea con el alegato que presentó la Fiscalía de Estado de Salta, ratificó que existe en Diablillos una controversia de límites provinciales y no, como denunció Catamarca, un avance hostil de Salta sobre su territorio”.

El reclamo de Catamarca 

La Fiscalía de Estado inició la demanda en diciembre de 2007.  Era a fin de obtener que :

-  Se respete la jurisdicción territorial de la zona limítrofe en el norte de la Provincia. 

- Cese el avance  y las hostilidades que Salta venía efectuando sobre el territorio. 

-  Que la provincia de Salta adecue su registro cartográfico minero a los límites interprovinciales oficiales. 

- Se suspenda el aprovechamiento de los recursos naturales y su consecuente impacto ambiental. 

- Se materialice el amojonamiento del lugar. 

En la presentación, se argumentó que a partir de la ley nacional 18.500  (1.969) quedó conformado el límite este con la Provincia sin que exista confusión, en razón de que al incorporarse Antofagasta de la Sierra al territorio catamarqueño los límites estaban ya perfectamente delimitados. 

El expediente en la Corte 

La demanda de Catamarca ingresó a la Corte Suprema en diciembre de 2007. Con el pronunciamiento de Gils Carbó, la causa tendría cuatro dictámenes. 

El primero fue el 12 de junio de 2008, de la ex procuradora Laura Monti, que consideró que la Corte Suprema era competente para entender el reclamo de la Provincia. 

En mayo de 2009, la Corte emitió una sentencia por la que declaró la competencia para resolver el conflicto. La disidencia fue de Juan Carlos Maqueda. Al mismo tiempo, rechazó la medida cautelar que había sido solicitada por Catamarca, al entender que era prematuro. 

Ya en noviembre de 2011, la Corte de Justicia dictó una nueva sentencia por la que abrió la causa para que las partes incorporen las pruebas  en el ejercicio de su defensa. Se ordenó oficios al Instituto Geográfico Nacional, una petición que había sido realizada por Catamarca. 

La causa fue analizada ya por todos los ministros de la Corte de Justicia. Y el 28 de febrero se solicitó una opinión de la Procuradora General de la Nación, Alejandra Gils Carbó.  

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