Aprobó el Concejo la Ordenanza sobre incremento de antigüedad al 3% para empleados municipales

Aprobó el Concejo la Ordenanza sobre incremento de antigüedad al 3% para empleados municipales

El miércoles 28 del corriente mes los Concejales resolvieron autoconvocarse en Sesión Extraordinaria, según las facultades otorgadas por el Artículo 68º inciso 5º de la Ley Orgánica de las Municipalidades para tratar el Expediente Nº 300/15 caratulado: “D.E. – Proyecto de Ordenanza: Bonificación Antigüedad”.

Se aprobó por unanimidad la Ordenanza con el Nº 2794/15 por la que se deroga a partir del 1º de octubre de 2015 el Artículo 7º de la Ordenanza Nro. 2714/14. Se fija a partir del 1º de octubre de 2015, en concepto de BONIFICACION POR ANTIGÜEDAD, un tres por ciento (3%) sobre el sueldo básico por cada año de servicio que se preste en la administración pública, se traten de servicios nacionales, provinciales o municipales. La misma se efectivizará a medida que el agente municipal vaya cumpliendo un nuevo año de servicio a partir del 1 de octubre de 2015. Se continuarán aplicando los porcentajes aplicados hasta el 30 de septiembre de 2015 para el cálculo de la bonificación atribuible hasta dicha fecha. Quedando así establecido el siguiente régimen de cálculo de bonificación por antigüedad de acuerdo a los distintos períodos:

– Hasta el 31/12/1995: tres por ciento (3%) por cada año de servicio.

– Del 01/01/1996 al 30/09/2015: uno por ciento (1%) por cada año de servicio.

– A partir del 01/10/2015: tres por ciento (3%) por cada año de servicio.

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