A 19 años de las explosiones de Río III, condenaron a los cuatro imputados

A 19 años de las explosiones de Río III, condenaron a los cuatro imputados

El Tribunal Oral Nº 2 penó a los militares retirados Edberto González de la Vega, Carlos Franke y a Jorge Antonio Cornejo Torino con 13 años de prisión, y a Marcelo Diego Gatto con 10 años por del delito de “estrago doloso agravado por la muerte de personas”.

 

El Tribunal Oral Federal 2 de Córdoba condenó ayer, con penas de entre 10 y 13 años, a los cuatro imputados por las explosiones en la Fábrica Militar de Río Tercero, ocurridas el 3 de noviembre de 1995 en esa ciudad cordobesa que dejó 7 muertos y más de 300 heridos.

De acuerdo con la sentencia, Edberto González de la Vega, Carlos Franke y Jorge Antonio Cornejo Torino fueron condenados a 13 años de prisión, en tanto que Marcelo Diego Gatto recibió la pena de 10 años de prisión, en todos los casos por el delito de ‘estrago doloso agravado por la muerte de personas’. Los dos primeros integraban la conducción de Fabricaciones Militares, mientras que los segundos eran autoridades de la fábrica. 

Tras conocerse el fallo, uno de los abogados querellantes, Horacio Viqueira, sostuvo que “a pesar de todas las maniobras que hubo para intentar lograr la impunidad”, los hechos “fueron valorados correctamente por el tribunal”.

En cuanto a si apelará las condenas, teniendo en cuenta que había solicitado 17 años de prisión, el letrado indicó: “Vamos a esperar los fundamentos del fallo (serán dados a conocer el 27 de febrero próximo), pero nos parece que esta es una condena importante”.

“Nosotros pedimos más penas, y la fiscalía pidió 15 años, pero nos parece que una pena de 13 años, atendiendo a las características particulares de los acusados, su edad en particular, es una condena importante”, evaluó.

Por otro lado, los abogados querellantes consideraron que con las condenas dictadas quedó demostrado que la explosión de la Fábrica fue un hecho intencional realizado para ocultar la venta ilegal de armas a Croacia y Ecuador. “Las penas impuestas demuestran que, tal como sosteníamos, la voladura fue perpetrada y programada por estos tipos (en alusión a los cuatro imputados) para ocultar la venta ilegal de armas”, aseveró Aukha Barbero, uno de los letrados representantes de las víctimas de lo sucedido.

A lo largo de todo el juicio oral, según la Fiscalía y los abogados querellantes, la explosión fue un hecho intencional que tuvo por fin ocultar el “faltante de proyectiles y de municiones que tenía el Ejército, a raíz de la venta ilegal de armas a Ecuador y Croacia” en los años 90.

En el juicio se juzgó a los cuatro imputados sin que hayan sido incluidos el expresidente Carlos Menem y el exjefe del Ejército, Martín Balza, quienes fueron sobreseídos, aunque la resolución fue recurrida y aún está pendiente de resolución. 

Vale aclarar que la de ayer no será una instancia definitoria, porque los abogados defensores adelantaron que apelarán la sentencia ante la Cámara Nacional de Casación Penal y también ante la Corte Suprema.

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