A dos años del blanqueo, la CNV finalmente reglamentó los Fondos Cerrados

A dos años del blanqueo, la CNV finalmente reglamentó los Fondos Cerrados

Luego de la consulta pública de junio, el organismo regulador del mercado finalmente reguló los fondos comunes de inversión cerrados. Sirven, por ejemplo, para invertir desde el pozo sin necesidad de comprar un departamento

 

Con casi dos años de demora, la Comisión Nacional de Valores (CNV) reglamentó hoy el régimen de los Fondos Comunes de Inversión Cerrados (FCIC), según lo previsto por la Ley de Financiamiento Productivo (más conocida como Ley de Mercado de Capitales). La industria tiene 10 proyectos en carpeta. 

 

 

Se trata de instrumentos que deberán invertir directa o indirectamente en activos radicados en el país. Además, se les exige que al menos el 75% de su patrimonio neto se encuentre invertido en activos específicos, es decir, aquellos relacionados con objetivo del fondo cerrados.

 

 

Estos instrumentos habían cobrado relevancia en octubre de 2016, cuando se puso en marcha el sinceramiento fiscal. En esa oportunidad, se permitía que aquellos que blanqueaban de u$s 250.000 en adelante lo pudieran hacer mediante estos instrumentos de inversión sin pagar el impuesto.

 

 

Sin embargo, los FCIC nunca despegaron: sólo 7 de los casi 40 que se habían presentado ante la CNV consiguieron primero el aval oficial y luego el respaldo inversor necesario para salir al mercado. En total, recaudaron u$s 300 millones. Una de las trabas fundamentales fue la doble tributación que afectaba al inversor que aportaba a un FCI. La eliminación de esta barrera se demoró junto con la aprobación de la Ley de Financiamiento Productivo, que terminó sancionándose una vez que el período para blanquear había terminado.

 

Mirá tambiénAnalistas esperan presión cambiaria, pero menor que la que hubo en agostoLos especialistas reconocen que una parte de la expansión de ayer podría ir al dólar y creen que otra parte sería captada por las Letras del Tesoro Capitalizables en pesos

 

La Resolución General 763 comprende, entre sus principales puntos, la determinación del contenido mínimo del reglamento de gestión y del prospecto de emisión; el régimen informativo aplicable; los requisitos de dispersión mínima; la emisión y colocación en tramos; el aumento de la cantidad máxima de cuotapartes; el régimen aplicable a las asambleas de cuotapartistas; y el rescate anticipado de cuotapartes.

 

 

La reglamentación fue puesta a consulta pública a comienzos de junio de este año, de acuerdo con lo que el presidente de la CNV, Marcos Ayerra, considera una buena práctica de transparencia regulatoria. Según consignó el organismo, muchos de los comentarios fueron aceptados e incluidos en la normativa final.

 

 

"Se destacan la posibilidad de que coexistan en la cartera de los FCIC activos propios de los fondos de inversión abiertos y aquellos reservados exclusivamente para los fondos cerrados, fijándose un régimen informativo especial para estos fondos y la reducción a 5 (cinco) de la cantidad mínima de cuotapartistas que el fondo deberá tener desde su constitución y durante toda su vigencia", afirmó la CNV en un comunicado.

 

 

Por otro lado, se incorpora la posibilidad de invertir los fondos líquidos disponibles en activos cuyas características y riesgo sean compatibles con los requerimientos de liquidez, los objetivos del fondo y su plan y cronograma de inversión. También se permite constituir gravámenes y tomar endeudamiento, aunque este no podrá superar el patrimonio neto del FCIC.

Comentá la nota