Un amparo frenó la obra de la estación de GNC

Un amparo frenó la obra de la estación de GNC

La Justicia avaló la postura de la comunidad mercedaria, hizo lugar al amparo contra Las Marías SR.L. y al pedido de no innovar.

En un reciente fallo, la Justicia riojana declaró admisible la acción de amparo que promovió la orden religiosa que está a cargo de la Iglesia de la Merced, que cuestiona la ampliación para expender GNC de la estación de servicio Gold, ubicada en Rivadavia y Adolfo E. Dávila.

NUEVA RIOJA tuvo acceso al escrito por el cual se notifica a las partes sobre esta medida procesal, que en los hechos impide que continúen las obras para instalar un punto de expendio de gas natural comprimido en esa ubicación, mientras no se resuelva la cuestión de fondo. La Cámara Primera en lo Civil, Comercial y de Minas suscribió la medida solicitada por la comunidad religiosa y declaró “formalmente admisible la acción de amparo”, a la vez que hizo lugar “a la medida cautelar de no innovar, ordenando al demandado –Las Marías S.R.L.– a abstenerse del almacenamiento de gas natural comprimido, hasta tanto se decida esta causa”.

La medida judicial causó alivio en la comunidad mercedina, que se había pronunciado en una conferencia de prensa acerca de los peligros que implicaría la instalación de dicha estación de GNC a pocos metros del templo, así como advirtió sobre los impedimentos legales que establecen las ordenanzas municipales al respecto.

En esa ocasión, el abogado Guillermo Galván explicó que una ordenanza municipal prohibe este tipo de comercio a menos de 50 metros de distancia de una iglesia. El letrado indicó que se solicitó a la Justicia “que frene la obra de construcción que se está llevando a cabo en la estación de servicio colindante con la iglesia atento a que hay una ordenanza vigente, la 3.055 y sus modificatorias, con una fundamentación de ENARGAS, que impide la instalación de estaciones de servicio sea de venta de combustible liquido o como en este caso de GNC a una distancia no menor a los 50 metros”.

“En este caso estamos ante una distancia que es colindante, es decir que no se están respetando las distancias mínimas que por seguridad se establecen y además venimos a representar un interés colectivo de la gente que habita también el barrio que tiene una alta concentración poblacional”, indicó.

Entre otras cuestiones, sostuvo que la normativa tanto municipal como de ENARGAS es clara al respecto y que se desconocía el estudio de impacto ambiental, así como que se solicitó otro estudio de impacto urbanístico, “ya que este tipo de comercios generan una alteración en el ambiente y en la composición urbana donde se instalan porque hay que hacer excavaciones, llevan tuberías de gas, una serie de medidas de seguridad que nosotros las desconocemos”.

También remarcó Galván que se debía analizar el cambio de razón social de Esso a la actual, Las Marías S.R.L. con su marca Gold, y que el permiso que tenía aquella firma para vender combustible líquido no contemplaría el expendio de GNC, que ahora debe cumplir con nuevas normas legales municipales y provinciales.

La posición del municipio

Una vez conocido el planteo de los mercedarios, NUEVA RIOJA consultó a un representante legal de la Municipalidad Capital para conocer su postura el respecto. El fiscal adjunto del Municipio, Fabricio Bolognesi, afirmó que dicha estación de servicio está habilitada y cumple con las normativas de las ordenanzas sancionadas y promulgadas.

En ese tiempo, la comuna no había intervenido en el conflicto, puesto que no había sido notificada de nada, aunque esperaba que les solicitaran información sobre la instalación y habilitación de la estación de servicio Gold. En este sentido, adelantó que si bien es cierto que existen ordenanzas que indican el radio en el cual no se pueden instalar estaciones de servicio, hay quienes ya tienen derechos adquiridos.

“En este caso puntual, la estación de servicio tiene derechos adquiridos desde hace 60 años. Está habilitada. De cualquier manera el organismo de contralor por este tema es ENARGAS. Por ahora es un tema que pasa entre la Iglesia y el particular”, recalcó el profesional entonces.

Las posiciones

La comunidad mercedaria argumenta que una ordenanza municipal prohibe este tipo de comercio a menos de 50 metros de distancia de una iglesia, escuela, etc.

Por su parte, la Municipalidad informó que “la estación de servicio tiene derechos adquiridos desde hace 60 años y está habilitada”.

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