Agroquímicos: Agricultura dice que “no hace falta una prohibición de mil metros”

Agroquímicos: Agricultura dice que “no hace falta una prohibición de mil metros”

Representantes del Ministerio, de paso en la ciudad, manifestaron que “cuando el trabajo se hace bien” no se necesita tanta distancia, a pesar de que en Mar del Plata está vigente una cautelar de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia que asegura justamente lo contrario.

Aunque en la ciudad está en plena vigencia la medida cautelar dictada por la Suprema Corte de Justicia que impide las fumigaciones a menos de mil metros de viviendas o centros urbanos, para el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación “cuando el trabajo se hace bien no hace falta una prohibición de mil metros”. Además, la confusión surge, de acuerdo a la cartera, al informarse de manera “mal intencionada”.  Las declaraciones de los representantes del Ministerio fueron efectuadas en el marco de la jornada de campo organizada por el Colegio de Ingenieros Distrito II y el Centro de Ingenieros de Mar del Plata y realizada en una estancia de la ciudad.  En el encuentro -del que participaron además del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación de la Cámara de Sanidad Agropecuaria y Fertilizantes (Casafe) y la Municipalidad de General Pueyrredon y  profesionales y especialistas- hubo demostraciones de aplicaciones aéreas y terrestres, además de una exposición teórica a cargo de un panel de expertos.  En ese contexto, desde la Cámara de Sanidad Agropecuaria y Fertilizantes remarcaron la importancia de que se hayan establecido pautas concretas en un documento, después de un trabajo de casi dos años entre muchas entidades públicas y privadas, con el objetivo de abordar la problemática de lo que son las distancias de aplicación de fitosanitarios.  “Dicho documento está apoyado por doscientos trabajos científicos y toca todos los puntos específicos de lo que significa una aplicación; esto determinó que las distancias adecuadas para poder hacer aplicaciones de productos fitosanitarios en zonas aledañas al área urbana, son de cien metros para aplicaciones terrestres y doscientos metros para aplicaciones aéreas”, sostuvieron. A su turno, desde el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación entendieron que “hay mucha preocupación en la población porque se mal informa con intencionalidad”. “Cuando el trabajo se hace bien, no hace falta una prohibición de mil metros en un país como Argentina, que basa su economía en la producción agropecuaria”, aclararon.    

QUÉ DICE LA CAUTELAR VIGENTE

En Mar del Plata desde hace seis meses está vigente una resolución de la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires en relación a la suspensión de los artículos de la ordenanza 21.296 -que regula la aplicación de agroquímicos en General Pueyrredon- y la prohibición, nuevamente, de la fumigación a menos de mil metros en todo el Partido de General Pueryrredon. Puntualmente, la Corte consideró necesaria la suspensión de los artículos 19, 23, 27 y 28 de la ordenanza 21.296/2013 dictada por la Municipalidad de General Pueyrredon y dispuso que en los aspectos puntuales regidos por las disposiciones normativas cuya suspensión se ordenaba, “se aplicara el régimen anterior previsto en la ordenanza 18.740/2008 y sus modificatorias, hasta tanto se arribara a una solución definitiva acerca de la constitucionalidad de las normas implicadas”. “De la simple comparación de ambos textos surge evidente que, de un régimen que prohibía la fumigación y el uso de agroquímicos en un radio de 1000 metros, se pasó a otro que sólo veda la actividad en uno de 100 metros y que la permite, usando ciertos productos, en los restantes 900 metros”, reparó en su momento la Justicia.

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