La AFIP pide la indagatoria de Calcaterra y sus socios del soterramiento

La AFIP pide la indagatoria de Calcaterra y sus socios del soterramiento

Es por el supuesto desvío de US$ 5 millones del soterramiento del ferrocarril Sarmiento, que reveló Perfil en 2018.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) solicitó la indagatoria de los empresarios y ex ejecutivos de la constructora brasileña Odebrecht, Iecsa (entonces del primo del presidente Mauricio Macri, Angelo Calcaterra) y la italiana Ghella por presunta evasión agravada por el desvío de casi US$ 5 millones de la obra del soterramiento del ferrocarril Sarmiento. Así consta en el documento al que accedió PERFIL. El fisco sostuvo en su presentación ante el juez federal Marcelo Martínez De Giorgi que los representantes legales y miembros de los directorios de estas compañías deben rendir cuentas sobre un contrato “ficticio” que habrían firmado en diciembre de 2010 para supuestamente desviar fondos del soterramiento a una empresa “pantalla”, de acuerdo a la presentación del organismo. PERFIL y La Nación vienen informando sobre las sospechas en torno a esta presunta maniobra.  Calcaterra confesó que el dinero se entregó por orden suya La AFIP sostiene que pudo comprobar “salidas no documentadas” de una cuenta bancaria con sede en Buenos Aires y a nombre del Consorcio Nuevo Sarmiento (Iecsa, Odebrecht, Ghella y Comsa) con una empresa española conocida por varios nombres: DSC, DSC Workshop y “Detección de Riesgos Técnicos, Control de Calidad y Supervisión de Obras de Edificación SA”, con sede en Madrid.  En diciembre de 2010, esta compañia acordó prestar supuestos "servicios empresariales, profesionales y técnicos" para la obra del soterramiento por US$ 10.316.253, de acuerdo al contrato que consta en el expediente. Ahora, la AFIP redobla la apuesta y pide las indagatorias de manera “inmediata” porque teme que la causa prescriba. La AFIP complicó a Iecsa con pruebas de presuntos sobornos por US$ 5 millones El organismo sostiene que el conjunto de documentos presentados por Iecsa ante la Justicia y el fisco “no sólo resultaría apócrifo, sino que constituiría una maniobra para derivar fondos con un destino distinto que el de una genuina contratación de mercado”. El juez federal Marcelo Martínez de Giorgi determinó que aún no hay pruebas suficientes para procesar a los empresarios, entre ellos Calcaterra, por presunto pago de sobornos. Por eso, dictó las faltas de mérito para casi todos los privados imputados en el caso. La Cámara Federal está revisando esta decisión. Los técnicos de la DGI que analizaron en estos contratos y movimientos fueron categóricos ante la Justicia argentina: el contrato en cuestión sería "simulado" o “ficticio” y su único objetivo sería desviar fondos al exterior “con fines espurios”, confirmaron fuentes de la causa.  Cerca de Calcaterra aseguran que ese contrato fue legal y que la empresa española trabajó en los planos de la obra. Sus abogados presentaron fotocopias de planos con un sello de DSC ante la Justicia. Sin embargo, cuando la fiscalía analizó la documentación, encontró que los planos fueron realizados por una empresa argentina, Ingroup. Iecsa aclaró que DSC había realizado el “control de calidad” de los planos.  Sin embargo, la empresa no aportó correos electrónicos ni pruebas de comunicaciones o envío de los planos a la empresa basada en Madrid. Tampoco hay constancia del informe de “control de calidad” supuestamente realizado por DSC para el Consorcio Nuevo Sarmiento. Por eso, la AFIP habló en su presentación de “falsedad ideológica en la instrumentación de los contratos”.  Piden la intervención de la obra del soterramiento del Sarmiento La Dirección General Impositiva (DGI) inició una inspección y exigió a las empresas la documentación que avalaría este contrato y las transferencias bancarias a la empresa española. Sin embargo, en su reciente presentación al juzgado el organismo sostuvo: “En ningún momento se han aportado las actas a las que se refiere el contrato, la nómina del personal con el que pudo haber tenido contacto, intercambio de ideas u opiniones, instrucciones emitidas a la contraparte (siendo esto último de suma importancia que se realicen por escrito), o cualquier otra prueba que indique la relación que pudo haber mantenido con su contratada, lo que evidencia la poca credibilidad de una contratación de estas características en orden a su manifiesta informalidad”. El organismo también criticó “que en ninguna parte de los acuerdos se haya incorporado disposiciones concernientes a la responsabilidad y/o indemnización de la parte contratante. 

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