Advierten sobre las multas para los vehículos con motores que circulen en la playa

Advierten sobre las multas para los vehículos con motores que circulen en la playa

Lo confirmó el director de Tránsito, Luciano González, ante la llegada del buen clima y la masiva concurrencia de vecinos. Enterate qué lugares están prohibido.

En el marco de los días con buen clima que se avecina y la concurrencia de vecinos hacia la costa, la Dirección de Tránsito recordaron que la Ordenanza Municipal Nº 9859/19, modificatoria de la original 5117/03, rige para los 365 días del año y delimita pormenorizadamente las zonas que están prohibidas para el desplazamiento de vehículos motorizados, cualquiera sea su porte o tipo.

En ese sentido, el titular del área, Luciano González, recalcó que según la normativa solo está permitido circular entre la calle 71 (única bajada de ese sector) y la escollera (subida); desde el complejo Kabril hasta el Muelle de Los Pescadores; y desde calle 157 hasta el inicio del sector de campings.

Según especifica la ordenanza en vigencia, los vehículos no pueden transitar en los siguientes sectores de la costa:

·         Sector comprendido entre la proyección de la calle 71 y la Avenida de Los Eucaliptus (continuación calle 117 – Bajada Complejo Kabril).

·         Sector comprendido entre el portal de acceso de Av. 2 y Complejo de Playa Médano Blanco, y la proyección de calle 155 (Los Aromos) bajada al sur del citado complejo.

·         Sector comprendido entre la proyección de calles 187 y calle 195 (sector de playa de campings gremiales).

·         Todo el litoral marítimo de Quequén, entre la Escollera Norte y el límite de Costa Bonita con el Partido de Lobería.

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