Absolvieron a mapuches imputados por usurpación

Absolvieron a mapuches imputados por usurpación
Tres integrantes de la comunidad Ancalao estaban imputados por un hecho ocurrido en 2009 en la estancia "El Portezuelo".

Apenas el juez correccional Gregor Joos dictó la sentencia que absolvió a tres integrantes de la comunidad mapuche Ancalao, quienes habían sido imputados como presuntos autores de una usurpación de una fracción de un campo, en la sala de audiencias hubo festejos. "¡Marici weu!", exclamaron desde el público. Luego, los miembros de la comunidad se estrecharon en un fuerte abrazo.

José Miguel Jaramillo, Jacinto Israel Vergara y Aldino Jaramillo fueron imputados y procesados por el juez de Instrucción Ricardo Calcagno como supuestos autores del delito de usurpación.

El hecho que el juez les atribuyó ocurrió la mañana del 10 de marzo de 2009, cuando los tres imputados, junto con un grupo de entre 8 y 10 personas, ingresaron en la estancia "El Portezuelo", que pertenecía a Alberto Sede, que se encuentra ubicada en la localidad de Ñorquinco, distante a unos 180 kilómetros de Bariloche.

Según la acusación del exfiscal Marcos Burgos, los imputados procedieron ilegítimamente a derribar una cantidad aproximada de 30 a 30 metros de alambrado, construyeron una precaria vivienda de madera de cantonera de 9 metros cuadrados y techo de chapas de zinc. Luego, los acusados introdujeron al lugar animales vacunos, ovinos y equinos.

De acuerdo a la acusación fiscal, los imputados realizaron esas acciones con intenciones de instalarse en ese predio, despojando a su propietario de la efectiva posesión que detentaba sobre el inmueble.

Ayer, se realizó la audiencia y los imputados negaron el hecho. Ni siquiera los testigos aportados por la fiscalía confirmaron la acusación contra los imputados, quienes estuvieron acompañados de casi treinta personas de la comunidad mapuche Ancalao, que está ubicada en cercanías de Ñorquinco.

El fiscal Guillermo Lista valoró en su alegato la declaración de un testigo que aseguró que integrantes de la comunidad se asentaron a finales del siglo XIX y el Estado nacional les cedió 96 mil hectáreas por un decreto de 1900.

Lista consideró que no quedó acreditado el delito de usurpación. Aseguró que la fiscalía estaba imposibilitada de sostener la acusación y, por eso, la retiró. Las defensoras Ana Huentelaf y Trinidad Aravena solicitaron la absolución.

Joos explicó a los imputados antes de dictar la sentencia absolutaria, que no se probó el despojo. Advirtió que hasta un testigo de la fiscalía declaró a favor de los imputados. Sostuvo que tampoco se acreditó la violencia ni que se haya tirado el alambrado. Y aseguró que ni siquiera se verificó la configuración del delito formal.

Comentá la nota