Abogados denuncian que Arroyo no podría ejercer cargos públicos por sus antecedentes

Abogados denuncian que Arroyo no podría ejercer cargos públicos por sus antecedentes

Piden que el Colegio se expida por sus faltas éticas y su situación jurídica.

El Colegio de Abogados de Mar del Plata deberá responder a una presentación realizada por un grupo de profesionales sobre los antecedentes de Carlos Arroyo, de quien dijeron, estaría inhabilitado para ejercer cargos públicos por haber sido funcionario de la última dictadura cívico-militar. Además, señalaron que sobre su figura también pesa otro precedente "preocupante" al dar a conocer que en el año 1992 el ahora candidato a intendente por Cambiemos fue sancionado disciplinariamente con la suspensión de su matrícula "por haberse apropiado de los honorarios de una colega".

Los autores de este planteo advirtieron que a pesar de que Arroyo haya intentado echar a rodar una versión edulcorada acerca de su pasado, existe una amplia documentación que demuestra que durante la dictadura se desempeñó como director de Tránsito y que fue interventor de la Asociación de Conductores de Taxis, designado por el gobierno de general Ibérico Saint Jean, condenado a cadena perpetua por delitos de lesa humanidad.

La evidencia expone que la descripción que dio el concejal sobre su curriculum está bastante alejada de la realidad. Arroyo dijo días atrás que en aquellos tiempos sólo había realizado una tarea "técnica" y circunstancial, consistente en reparar los semáforos de la avenida Colón.

Para quienes impulsaron la presentación en el Colegio de Abogados, el hecho de que por el contrario el candidato del macrismo haya tenido responsabilidades mucho más relevantes que esa no es algo "vano o anecdótico". Destacaron que se trata de antecedentes que deberían ser considerados desde el punto de vista ético y jurídico ya que lo inhabilitarían para ejercer cargos públicos.

Inhabilidades legales y éticas

Según explicaron, "al candidato le cabe" la aplicación del artículo 36 de la Constitución Nacional, que establece que no podrán ocupar cargos públicos "de manera perpetua" quienes hayan sido parte de gobiernos que atentaron contra el sistema democrático. Junto a esto citaron el contenido de la nueva Ley de Empleo Municipal de la Provincia de Buenos Aires, que establece como una "inhabilidad" para actuar en la administración comunal haber ejercicio "cargos de titular" en cualquier dependencia del Estado durante "períodos de interrupción del orden democrático vigente".

Quienes están reclamando que el Colegio se expida sobre estas cuestiones revelaron además otros antecedentes inquietantes.

Uno de ellos está vinculado a su trayectoria como abogado, profesión que dejó de ejercer hace varios años.

Según indicaron, el actual candidato recibió una sanción ética disciplinaria por una "falta grave", por la que fue suspendido a causa de "haberse apropiado de los honorarios que correspondían a una colega".

Para los letrados, estos hechos ameritan que el Colegio cumpla con su deber de pronunciarse, expresando su preocupación. Según advirtieron "Arroyo ostenta una doble inhabilidad para ser candidato a intendente del Partido de General Pueyrredon". Una es "de carácter ético por la sanción disciplinaria que se le dictó por haberse apropiado de un dinero que no era suyo" y la otra de tipo "constitucional y legal por haber resultado funcionario designado por las autoridades de facto del último gobierno dictatorial", argumentaron.

Antecedentes políticos

La presentación lleva la firma del ex vicepresidente del Colegio de Abogados, Alfredo Jozami y de los letrados Cecilia Rodríguez e Ivan Tessari. En el documento también se destaca la importancia de que el Colegio se pronuncie para que la sociedad se informe debidamente sobre los antecedentes del candidato. "Con Arroyo han pasado cosas muy serias y graves que no pueden pasar al olvido de un plumazo", dijeron recordando otros controvertidos aspectos de su trayectoria.

En este sentido destacaron que Arroyo se desempeñó como vicepresidente del Partido Popular de la Reconstrucción, la fuerza política del carapintada Mohamed Alí Seineldín, quien se sublevó contra los gobiernos democráticos de Raúl Alfonsín y Carlos Menem. "Es decir que participó de una organización política que veía como método válido los intentos golpistas", indicaron.

El caso por el cual Arroyo fue sancionado por sus pares tuvo en su momento una amplia repercusión ya que en aquél entonces, el año 1992, su figura tenía un alto nivel de exposición pública por ser subsecretario de Inspección General de la gestión de Mario Russak.

Según consta en los registros del Colegio, el Tribunal de Disciplina lo inhabilitó para ejercer la profesión por 5 días luego de que se comprobara que percibió en nombre de otra abogada los honorarios correspondientes a su tarea en juicio por Alimentos. Aquella denuncia contra Arroyo había sido iniciada por el abogado Rubén Vespa, quien años más tarde fue elegido como defensor del Pueblo de General Pueyrredon.

En la resolución el Tribunal consideró que su conducta fue una "falta ética grave profesional" que merecía ser sancionada también por sus "antecedentes".

"Los hechos que motivaron la sanción lo hacen merecedor de serios reparos sobre su persona y su candidatura, ya que nos preocupa que se haya apropiado de dinero ajeno. Es un acto que daña seriamente su figura, sobre todo cuando su discurso se basa en su supuesta honestidad ética y profesional", advirtieron los abogados.

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